JULIO SEGURA DEFIENDE UNA REFORMA DE LAS PRESTACIONES DE DESEMPLEO RECORTANDO LA DURACION DEL SUBSIDIO
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El consejero del Banco de España Julio Segura considera necesario reformar el sistema de prestaciones de desempleo para incentivar la búsqueda de trabajo por parte de los parados.
En un artículo que publica el último número de "Papeles y Memorias de la Real Academia de Ciencias Morales y Políticas", Segura aboga por recortar elperiodo de duración de la prestación de desempleo, aunque elevando su cuantía en los primeros meses.
De esa manera, en su opinión, no se causaría un quebranto económico a los desempleados, pero sí se les incentivaría para búscar rápidamente empleo, sin esperar a agotar la prestación, que puede prologarse durante 24 meses.
A su juicio, "en España se protege de forma no excesivamente generosa el desempleo, pero si se le suman las indemnizaciones por despido, las cifras cambian y, además, se protegepor un tiempo muy largo (hasta 24 meses). Por tanto, la dirección correcta parece ir en la linea de incluso mejorar el salario de reposición en los primeros tres o seis meses de paro, pero reducirlo muy fuertemente después".
Segura se pronuncia, además, en contra de cualquier tentación de caminar hacia un mercado de trabajo al estilo americano y señala que es un sofisma decir que no puede competirse con Estados Unidos en otros términos. Aduce que "el proceso de convergencia en competitividad y renta pr capita de la UE con los EEUU es muy notable: en medio siglo se ha pasado de un 45 por cien a un 87 por ciento".
El consejero del Banco de España sí considera insuficiente la reforma introducida por la reforma laboral en la definición del despido procedente por razones económicas, con la nueva redacción dada al artículo 52.c del Estatuto de los Trabajadores.
A su juicio, "el problema es que los magistrados no son profesionalmente competentes para valorar la situación económica de una empresa, y enos aun sus expectativas de futuro, de forma que, sin posibilidad de encargar dictámenes a peritos independientes, cabe suponer que la aplicación del artículo 52.c será la misma con la redacción actual que con la precedente".
"En resumen", concluye su análisis Segura, "faltan por atar algunos cabos en la reforma del mercado de trabajo -sobre todo en la combinación de las percepciones por despido y la protección por desempleo; en la estructura de la negociación colectiva; y en la caracterización del dspido procedente, pero ni el amigo americano, ni la desprotección social son soluciones deseables ni, afortunadamente, factibles".
(SERVIMEDIA)
04 Jul 1998
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