UN JUEZ DE GERONA SALVA DE LA CARCEL A UN INSUMISO POR VEZ PRIMERA VEZ EN CATALUÑA
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El Juzgado Penal Número 3 de Gerona ha dictado la primera sentencia sobre insumisión en Cataluña en la que no se condena a prisión al acusado, Joan Artigas Alsina, que deberá elegir si paga 200.000 pesetas de multa o sufre quince días de arresto.
En el fallo, el juez Carlos González no considera que la negativa de Artigas a ir a a `mili', creyendo erróneamente que no delinquía, sea merecedora de cárcel, una pena demasiado elevada para el juez.
El abogado defensor del joven insumiso, Sebastián Salellas, valoró muy positivamente el resultado de esta sentencia del Juzgado de Gerona: "Es una sentencia técnicamente muy interesante desde el punto de vista penal, porque llega a las valoraciones más últimas antes de considerar que es culpable una persona en el tema de la insumisión".
"Desde esta perspectiva y dando la importanci que entiendo que debe tener el artículo 16 de la Constitución, referido a la libertad ideológica como derecho fundamental, es justificado que esta persona entendiera que debía prevalecer su libertad de objección de conciencia sobre el hecho de cumplir o no con el servicio militar o con la realización de la prestación social sustitutoria", añadió.
Según la defensa del insumiso, si el ministerio fiscal no presenta recurso en contra, esta sentencia puede sentar un precedente importante para los casos deinsumisión pendientes de juicio en Cataluña.
(SERVIMEDIA)
03 Sep 1995
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