LA JUEZ DECLARA NULO EL REDONDEO AL ALZA DE CUARTO DE PUNTO EN LOS PRESTAMOS A INTERES VARIABLE

- La sentencia, cuya ejecución provisional ha sido solicitada por Ausbanc, evitaría el cobro abusivo a los clientes de más de 54.000 millones anuales

MADRID
SERVIMEDIA

La magistrada Rosario Campesino Temprano, del Juzgado de Primera Instancia número 50 de Madrid, dictó el pasado 11de septiembre una sentencia que atiende la demanda de la Asociación de Usuarios de Servicios Bancarios (Ausbanc) y declara nulas por abusivas las cláusulas de los préstamos hipotecarios a interés variable que establecen el redondeo al alza de cuarto de punto, según informó hoy en rueda de prensa el presidente de la organización, Luis Pineda.

El redondeo en los créditos a interés variable, según un estudio de Ausbanc, supuso un interés añadido medio de 0,116 puntos en los dos últimos años, lo que multilicado por un saldo vivo de 47 billones de pesetas entre préstamos hipotecarios y no hipotecarios a interés variable, arroja una cifra de 54.520 millones de pesetas anuales cobrados por las entidades financieras gracias al redondeo.

Esto, en el caso de un préstamo tipo de 20 millones a 20 años representa un exceso de interés cobrado acumulado de 603.462 pesetas al final del periodo, pero si también se tiene en cuenta el coste de oportunidad (los réditos, al 5 por ciento anual, de ese exceso de interés, el perjuicio del redondeo se eleva a 1.121.306 pesetas en 20 años.

La magistrada ha aplicado la Ley de Condiciones Generales de la Contratación, que permite extender los efectos de la sentencia a todos los usuarios una vez que ésta sea firme o que los tribunales concedan su ejecución provisional, lo que ya ha sido solicitado por Ausbanc.

En todo caso, la asociación va a inscribir en el Registro creado por la mencionada ley la sentencia, con lo que se inaugurará el Registro, según indicaron a Sevimedia fuentes de Ausbanc. El poder del Registro consiste en que todos los contratos similares, anteriores y que se firmen en el futuro, deben recoger lo preceptuado en la sentencia.

RECTIFICACIONES

Pineda afirmó que desde que se dictó la sentencia las entidades han comenzado a no incluir el redondeo en sus nuevos contratos de créditos, pero señaló que ello no es suficiente y que también se deben corregir los contratos anteriores, para lo que Ausbanc ha elaborado una carta modelo en la que poder relamar la devolución de los intereses cobrados por redondeo y su revalorización en el tiempo.

En la carta se indica que, si el banco o caja no estima la petición alegando que la sentencia no es firme, en la respuesta se anote el nombre y cargo de la persona que lo sostiene, de cara a posibles acciones judiciales. Según Pineda, "es hora de exigir responsabilidades directas en la banca, porque si no es muy barato equivocarse".

Asimismo, Ausbanc remitirá al Consejo General del Notariado la sentencia ara que los notarios impidan el redondeo en el momento de la formalización de los préstamos.

La sentencia, que responde a una demanda contra Caja Madrid, es de aplicación a todo el sector según la Ley de Condiciones Generales de la Contratación. Sin embargo, Ausbanc esperará 45 días antes de iniciar acciones legales contra "no menos de 10" bancos, cajas y aseguradoras si no destierran el redondeo de sus préstamos, puntualizó Pineda.

(SERVIMEDIA)
27 Sep 2001
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