UN JUEZ ADMITE A TRAMITE LA QUERELLA DE UN OPOSITOR CONTRA EL TRIBUNAL EVALUADOR DEL AYUNTAMIENTO DE COSLADA POR PREVARICACION
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Un juez de Primera Instancia de Coslada (Madrid) ha admiido a trámite una querella criminal por un presunto delito de prevaricación interpuesta por un opositor a una plaza de jefe de mantenimiento del Ayuntamiento de dicha localidad contra los concejales que formaron parte del tribunal evaluador, informó hoy a Servimedia Luis Fernando Luján, abogado del denunciante.
El opositor afectado, Jacinto Jarne Robles, denunció que los miembros del tribunal trataron de conceder la plaza a uno de los aspirantes que no contaba con la titulación exigida. El juez tomarádeclaración la próxima semana al concejal Angel Medina García, de IU, así como a otros funcionarios implicados en el caso.
La querella presentada por Jarne Robles ante los juzgados de primera instancia de Coslada se refiere a los ocho concejales que formaban parte de la comisión evaluadora: Angel Medina García, Angeles Santa Cecilia García, José Gómez Fernández, Alfonso Pascual Sanz, Manuel Monfort Paz, José Casado Covian, Andrés Couso Tapia y Alfonso Tirado Torres.
Los hechos sucedieron a princiios del mes de abril del año 1995, cuando el Ayuntamiento de Coslada hizo una convocatoria pública de empleo para cubrir una plaza de jefe de mantenimiento e instalaciones para el Patronato Municipal de Cultura, Deporte y Juventud en régimen de interinidad.
La convocatoria estipulaba como requisito necesario para acceder a la plaza tener la titulación de ingeniero técnico industrial o arquitecto técnico. La selección se haría a través de un concurso-oposición en el que se valoraría el currículum de caa aspirante, tras lo cual se procedería a entrevistar a los elegidos.
La comisión valoró el currículum de 33 aspirantes, de entre los cuales resultaron seleccionados 4, entre ellos Mariano Barrio Fuentes, que finalmente fue el elegido para el puesto a pesar de no poseer la titulación exigida en la convocatoria.
Según Luján, en esta selección se produjeron varias irregularidades además de la elección de una persona que no tenía la titulación pertinente: las bases de la convocatoria no incluían losbaremos para que los aspirantes conocieran los criterios de selección y no fueron publicados los componentes del Tribunal calificador.
Ante la impugnación realizada por el demandante, la comisión de selección decidió dejar sin efecto la convocatoria y celebrar una nueva selección aplicando un nuevo baremo a medida del candidato que se deseaba contratar. La anulación fue comunicada a los aspirantes sin dar explicación alguna de ella.
(SERVIMEDIA)
23 Feb 1996
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