LOS JUECES SEÑALAN QUE PAGAR UN RESCATE COMO EL DEL "PLAYA DE BAKIO" NO ES DELITO
El texto se ha copiado correctamente en el portapapeles
Las asociaciones de jueces han querido dejar claro que el pago de un rescate en casos como el del pesquero español "Playa de Bakio", liberado el pasado fin de semana tras siete días retenido frente a las costas Somalia por un grupo de piratas, no puede ser considerado como delito.
En este sentido, el portavoz de Jueces para la Democracia (JpD), Jaime Tapia, explicó hoy a Servimedia que cuando se trata del pago de un rescate con vidas en juego, como era el caso del pesquero español, la conducta presuntamente delictiva de las familias "queda fuera de toda responsabilidad penal".
Esto se debe a que a la conducta de los familiares se aplicaría el denominado eximente de "pago por necesidad", porque lo que intentan con el pago del rescate es "evitar un mal mayor".
Sin embargo, Tapia explicó que los mediadores que participaron en las negociaciones y en el posterior pago del rescate sí que "podrían haber incurrido en un delito de colaboración", sobre todo si han cobrado algún tipo de comisión por sus gestiones.
Aún así, el portavoz de JpD indicó que este tipo de hechos son "difíciles de investigar" y que, "por la experiencia de casos similares, lo más probable es que se sobresea y no llegue a juicio".
Por su parte, el portavoz de la asociación de jueces Francisco de Vitoria, Lorenzo del Río, dijo a Servimedia que, al contrario que lo que sucede a veces en los casos de terrorismo, en los casos de piratería el pago de un rescate no puede ser entendido como un delito de colaboración
Del Río explicó que, en el caso del terrorismo, "se duda de si el pago del 'impuesto revolucionario' es una conducta favorecedora del terrorismo", pero nunca en los casos de piratería.
Por último, señaló que lo importante ahora es "ahondar en las vías de evitar que estos fenómenos se reproduzcan" y no"profundizar en el aspecto colateral del pago".
(SERVIMEDIA)
29 Abr 2008
M