LOS JUECES DICEN QUE EL CONOCIMINTO DEL CATALAN NO DEBE SER UN REQUISITO "INELUDIBLE" PARA EJERCER LA JUDICATURA

MADRID
SERVIMEDIA

Las asociaciones de jueces manifestaron hoy a Servimedia la conveniencia de que los jueces conozcan los idiomas autonómicos, pero rechazaron que eso se convierta en un requisisto para poder ejercer la judicatura en las comunidades en las que exista más de una lengua oficial.

El Parlamento catalán aprobó ayer, con el apoyo del PP, una moción por la que se reclamará al Consejo General del oder Judicial que los jueces y magistrados que opten a una plaza en Cataluña aprueben un curso sobre la lengua y derecho catalanes.

El representante de la asociación Jueces para la Democracia (JpD) en Cataluña, Luis Fernando Martínez Zapater, manifestó hoy a Servimedia que el conocimiento del idioma no debería ser un requisito "ineludible" para que los jueces puedan optar a una plaza en dicha comunidad autónoma.

Para Martínez Zapater, sí es conveniente incentivar el aprendizaje de las lenguas veráculas de las comunidades históricas para que los magistrados conozcan mejor la realidad social en la que trabajan y garantizar el ejercicio de los derechos fundamentales de los ciudadanos.

Por su parte, el portavoz de la Asociación Profesional de la Magistratura, Angel Calderón, manifestó a Servimedia que es "conveniente que los jueces que estén en Galicia sepan gallego, los que estén en el País Vasco, euskera, y los que trabajen en Cataluña, catalán", a fin de facilitar las relación entre jueces y cudadanos, pero rechazó que se convierta en una requisito obligatorio.

Asimismo, recordó que la carrera judicial es un cuerpo único y estatal, de forma que un juez puede estar destinado varias autonomías sucesivamente y que sería "prácticamente inviable" que supiera todas las lenguas del Estado.

El portavoz de la APM aseguró que los jueces que son destinados a comunidades autónomas con lengua propia se molestan en estudiar el nuevo idioma, porque entienden que así pueden acercar mejor a la realida de la región en la que van a impartir justicia y que sus ciudadanos también tienen derecho a ser juzgados en su lengua autonómica.

Calderón recordó que los requisitos para el ejercicio de la judicatura está recogido en el Estatuto judicial, que sólo puede ser modificado por el Parlamento mediante ley orgánica.

Por su parte, la portavoz de la Asociación Francisco de Vitoria, María Tardón, señaló a esta agencia que el conocimiento del catalán debería ser considerado un mérito, no un requisito, par optar a un plaza judicial en Cataluña.

A su juicio, no se puede olvidar la pluralidad lingüística que tiene España, por lo que hay que facilitar que todos aquellos que trabajen con regiones con lengua propia la conozcan, lo que no implica que esto se convierta en un requisito para acceder a un puesto de trabajo, ya que iría contra la Constitución, puesto que se discriminaría por razón de idioma.

A su juicio, quien tiene competencia para decidir los criterios formación y selección es el Consejo Gneral del Poder Judicial, no los Parlamentos autonómicos.

(SERVIMEDIA)
10 Mayo 1996
VBR