LOS JUECES ANULAN UN ACUERDO MUNICIPAL PARA CONSULTAR LA "INMEDIATA RETIRADA" DE LAS FUERZAS DE SEGURIDAD EN LA SAKANA
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La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra ha anulado un acuerdo del Ayuntamiento de Iturmendi, por el que se pretendía realizar una consulta popular sobre la "inmediata reirada" de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, según el fallo remitido por el citado consistorio.
El acuerdo, a propuesta de la Plataforma Utzi Pakean Sakana ("Dejad en paz a la Sakana"), fue adoptado en la sesión extraordinaria que el Pleno del Ayuntamiento de Iturmendi celebró el día 31 de octubre de 2001.
En él se acuerda convocar una consulta popular para el 25 de noviembre de 2001 y formulaba la siguiente pregunta: "Ante la constante vulneración de los derechos civiles y políticos e la población de Sakana, ejercida por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado ¿Considera usted oportuna su inmediata retirada?".
El Tribunal Superior de Justicia de Navarra anuló dicho acuerdo, por considerar que es contrario a la Constitución Española, a la Ley Orgánica sobre Referéndum y a la Ley Foral sobre consultas populares, por lo que condena a la parte demandada al pago de las costas.
El artículo 92 de la Constitución Española, así como la Ley Orgánica Reguladora de las distintas Mdalidades de Referéndum, atribuyen la competencia para la autorización de los mismos al presidente del Gobierno, y su convocatoria al Rey.
Igualmente, el artículo 96 de la Ley Foral de Navarra atribuye al Gobierno de la Nación, a través del de Navarra, la autorización para la celebración de este tipo de consultas populares municipales.
Así, el Tribunal Superior de Justicia de Navarra declara que la consulta convocada por el Ayuntamiento de Iturmendi es nula de pleno derecho, al haber sido adoptad por un órgano "manifiestamente incompetente".
Con esta decisión, el Tribunal Superior de Justicia de Navarra da la razón a la Administración General del Estado, que interpuso un recurso contencioso administrativo contra dicho acuerdo.
La consulta no se llegó a celebrar, pese a que la propia plataforma había anunciado que seguía adelante con la propuesta, ya que la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) había suspendido días antes los acuerdos plnarios de Etxarri Aranatz, Urdiáin y Ciordia sobre las condiciones de dicha convocatoria.
(SERVIMEDIA)
04 Ago 2003
VBR