LOS JOYEROS CONSIDERAN UN AGRAVIO QUE LOS DIPUTADOS TEGAN QUE DECLARAR LAS JOYAS

MADRID
SERVIMEDIA

La inclusión de la posesión de joyas en la declaración de bienes de los futuros diputados podría considerarse una "burla" respecto a otros bienes de consumo si no se matiza y se concreta la naturaleza y niveles económicos a los que se refiere la declaración de bienes, ha manifestado a Servimedia Amando Rodriguez, Secretario General de la Asociación de Joyeros y Plateros de Madrid.

El representante de los joyeros ha matizado que no desean inerferir en esta cuestión pero que deben establecerse unos baremos a partir de los cuales se articule lo que debe o no ser declarable.

Amando Rodriguez planteó como ejemplo si debe o no declararse objetos como una alianza de matrimonio o similares. En este sentido apuntó que la declaración de bienes deberá referirse a aquellas joyas que tienen valor patrimonial y que se consideran como inversión.

Siguiendo este razonamiento, no deberían considerarse objeto de declaración -a juicio del secretario e la asociación de joyeros- las joyas u objetos de ornamentación, sobre los que existe dificultad para establecer una valoración.

Una fórmula para delimitar la naturaleza de la joya u objeto podría ser establecer una cantidad como valor de la misma a partir de la cual se obligara a la declaración. Como ejemplo señaló la posesión de oro o piedras preciosas en bruto sobre las que existen certificados de valor emitidos por instituciones financieras.

De lo contrario, añadió Amando Rodriguez, se produiría una situación de agravio frente a otros bienes de consumo -una cadena de alta fidelidad, un ordenador, u otros objetos- que pueden tener un valor y un precio superior a las joyas.

(SERVIMEDIA)
22 Abr 1993
JCV