ITOIZ. EL SUPREMO DECLARA LEGAL LA OBRA DEL PANTANO, PERO OBLIGA A REDUCIR LA CAPACIDAD DE EMBALSE
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El Tribunal Supremo ha declarado legales las obras del pantano navarro de Itoiz, pero obliga a reducir la cota de embalse, por lo que si las adminstraciones públicas deciden no paralizar el proyecto deberán disminuir la capacidad del pantano.
El Supremo acepta el recurso interpuesto por el abogado del Estado contra la sentencia de la Audiencia Nacional que declaró ilegales las obras en 1995, salvo en lo que se refiere al impacto que ocasionará el embalse sobre tres reservas naturales, ratificando en este apartado el contenido de la sentencia de la Audiencia.
La sentencia el Alto Tribunal, a la que tuvo acceso Servimedia, sólo estima el recrso que presentó el abogado del Estado y no el del Gobierno navarro, ya que la Administración autonómica se personó en el proceso después de que la Audiencia Nacional dictara la sentencia recurrida por ambas administraciones.
Sin embargo, acepta la mayor parte de los motivos que alega el representante de la Administración central para recurrir el fallo de la Audiencia Nacional.
El Supremo asegura que en el momento de redactarse el proyecto del pantano de Itoiz no era necesaria la aprobación de un ley que lo autorizase expresamente y considera que los promotores de la obra justifican los objetivos que persiguen y que está garantizada la financiación de la misma.
Además, entiende que todos los actos administrativos efectuados por las administraciones públicas para ejecutar la obra se ajustan a la legalidad, salvo en lo que se refiere al impacto sobre tres reservas naturales.
Por este motivo, el Tribunal Supremo estima en parte el recurso interpuesto por el abogado del Estado, anula la sentncia de la Audiencia Nacional y declara ilegal sólo la parte del proyecto del pantano de Itoiz que afecta a las reservas protegidas de Foz de Iñarbe, Poche de Cichurrenea y Gaztelu.
La sentencia del Ato Tribunal señala que se deben respetar los 500 metros de protección que marca la ley en torno a cada una de estas reservas, distancia que el proyecto no tiene en cuenta, ya que el embalse, según el proyecto original, inundará parcialmente estos espacios protegidos.
Esta apreciación obligará al Gobirno central y al navarro a replantearse la capacidad de embalse del pantano, ya que tendrán que reducir su altura, lo cual podría afectar a los objetivos que se imputan a la obra, entre lo cuales se encuentra poner en marcha casi 58.000 hectáreas nuevas de regadíos.
(SERVIMEDIA)
17 Jul 1997
GJA