IRPF. LA RENTA DE TRABAJO NO PUEDE DIVIDIRSE CON LA PAREJA, SEGUN EL CONSTITUCIONAL

MADRID
SERVIMEDIA

Los declarantes del IRPF con una sóla renta del trabajo no pueden divirla con su mujer en régimen de gananciales, ya que no supone ni una lesión contra la protección de la familia ni una discriminación entre familias con diferentes tipos de renta, según un auto del Tribunal Constitucional (TC).

Cn esta decisión, el TC zanja una polémica entre los que defienden el sistema único de declaración, ahora en vigor, y los juristas que lo consideran una discriminación inconstitucional respecto a las rentas del capital, que sí pueden declarar cada cónyuge por separado.

La primera consideración del TC para no admitir el recurso de inconstitucionalidad es considerar "notoriamente infundada" la cuestión, al señalar la posibilidad de estar lesionando el mandato constitucional de protección a la familia, Quenes defienden esto apoyan sus argumentos sobre una comparación entre sujetos integrados en unidades familiares.

Para el Constitucional, una regulación que favorezca a familias con rentas de un tipo sobre otras con otro tipo de rentas "no vulnera el precepto constitucional que establece la protección de la familia". Advierte que no necesita volver a pronunciarse sobre la discriminación de rentas, porque ya falló igualmente en contra de esa opinión tiempo atrás.

Asimismo, también rechaza la posibiidad de que la regulación sobre declaraciones del IRPF y rentas del capital puede perjudicar al derecho al trabajo, por considerar que no está demostrado que exista una vulneración del principio constitucional de igualdad.

(SERVIMEDIA)
28 Oct 1994
G