IRPF. OCU ACONSEJA PEDIR LA DEVOLUCION RAPIDA DEL IRPF, SALVO IMPORTANTES EXCEPCIONES
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La Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) aconseja pedir la devolución rápida del IRPF, salvo importantesexcepciones que se detallan en su "Guía Fiscal 2000", que acompañará al número de marzo de su revista "Dinero y Derechos".
Con carácter general, los contribuyentes que presenten la solicitud de devolución rápida "no tienen nada que perder". Si los cálculos de Hacienda resultan "a devolver", recibirán su dinero antes del 1 de mayo, y si resultan "a ingresar" no tendrán que pagar nada, aunque Hacienda les comunicará que deben presentar una declaración.
Se formule o no la solicitud de devolución, OC recuerda que siempre se puede realizar la declaración de la renta a partir de mayo.
En algunos casos conviene esperar a esa fecha. Así, si el contribuyente convive con familiares con bajos ingresos -como hijos de hasta 24 años o abuelos con 65 años o más, con ingresos de menos de un millón-, es recomendable esperar al periodo de declaración y calcular si interesa que estos familiares declaren aparte o no, porque el contribuyente podría perder los "mínimos familiares" por estas personas, según señala a OCU.
También interesa no pedir la devolución rápida del IRPF a las parejas que siempre han declarado por separado y uno de ellos gana más de 3.500.000 pesetas al año.
La asociación de consumidores aconseja solicitar a Hacienda los datos fiscales de cada uno, aunque sólo se puede hacer entre el 1 de abril y el 10 de mayo.
(SERVIMEDIA)
14 Feb 2000
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