IRPF. HACIENDA HA PAGADO YA 14 MILLONES DE EUROS A 100.000 CONTRIBUYENTES DE LA DEVOLUCIÓN RÁPIDA
-Más de 600.000 personas han solicitado la devolución rápida hasta el momento
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Hacenda ha pagado hasta el día de hoy la devolución del IRPF a un total de 100.000 contribuyentes que solicitaron la devolución rápida, con un desembolso total de 14 millones de euros, según datos facilitados hoy a Servimedia por la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT). La devolución media se situó en 140 euros.
De acuerdo con estos datos, un total de más de 600.000 personas han solicitado hasta ahora la devolución rápida, que pueden reclamar los contribuyentes que no están obligados a decarar. El plazo para solicitarla comenzó el 1 de marzo y finaliza mañana, día 31. Hacienda empezó a pagar estas devoluciones el pasado día 16, y su intención es haber pagado todas a mediados de mayo, salvo las que presenten alguna incidencia.
En 2003, un total de 1.222.983 contribuyentes solicitaron la devolución rápida, de las que 881.193 dieron lugar a devoluciones por un importe total de 227 millones de euros. Hay que recordar que en las declaraciones que resulten a ingresar, los contribuyentes no etán obligados a declarar y a abonar esas cantidades.
Aunque las más de 600.000 solicitudes de devolución rápida presentadas hasta ahora no son las definitivas, ya que todavía quedan dos días (hoy y mañana) y además quedan por llegar declaraciones enviadas por Correo, Hacienda no espera que se llegue a la cifra de declaraciones de la campaña de devolución rápida del año pasado, ya que hay contribuyentes que han preferido pedir el borrador de declaración del IRPF.
La devolución rápida se puede soliitar mediante la carta personalizada que Hacienda ha remitido a cerca de dos millones de contribuyentes o través de los modelos 104 y 105, en los que sólo hay que poner los datos personales y la Agencia Tributaria se encarga de calcular la devolución.
Los contribuyentes que pueden solicitar la devolución rápida son los que en 2003 percibieron rendimientos del trabajo de un sólo pagador inferiores a 22.000 euros anuales (o de más pagadores si la suma del segundo y sucesivos no supera los 1.000 euros anales), o que no superen los 8.000 euros anuales si tuvo dos o más pagadores. El límite de 8.000 euros también se aplica si cobró anualidades por alimentos (salvo las procedentes de los padres por decisión judicial) y cuando el pagador no está obligado a retener.
También pueden solicitar la devolución rápida los contribuyentes que en 2003 obtuvieron rendimientos de capital mobiliario y ganancias patrimoniales sometidas a retención o ingreso a cuenta no superiores conjuntamente a 1.600 euros; o quienes uvieron rendimientos de Letras del Tesoro, rentas imputadas de un único inmueble o subvenciones para la adquisición de vivienda de protección oficial o precio tasado, con el límite conjunto de 1.000 euros anuales.
Los contribuyentes que soliciten la devolución rápida pero resulten estar obligados a declarar, recibirán una carta explicativa de la Agencia Tributaria que incluirá sus datos fiscales y el borrador de IRPF, de manera que sólo deberá confirmar que está de acuerdo con el mismo para presentar u declaración.
(SERVIMEDIA)
30 Mar 2004
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