INTERIOR TIENE QUE DAR UNA "AUTORIZACION ESPECIAL" A LOS AGENTES DE TRAFICO PARA UTILIZAR LAS PORRAS EXTENSIBLES
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La utilización de porras extensibles como material de defensa por parte de los agentes de la Guardia Civil de Tráfico requiere de una "autorización especial" por parte de responsables del Ministerio del Interior.
El Reglamento de Armas de la Guardia Civil indica en su artículo 5 que "queda prohibida la publicidad, compraventa, tenencia y uso, salvo por funcionarios especialmente habilitados" de ciertas armas, según explicaron a Servimedia fuentes de la Benemérita.
Entre las armas prohibidas por el reglamento están los sprays de defensa personal y las defensas eléctricas, de goma o similares, entre las que se englobarían las porras extensibles.
Por este motivo, los agentes de Tráfico de la Guardia Civil deben ser "especialmente habilitados" para el uso de este arma, considerada prohibida salvo previa autorización.
Actualmente los Guardias Civiles de la Agrupación de Tráfico llevan consigo el arma reglamentaria y unas esposas, a lo que en los próximos meses se le sumará el uso de las porras extensibles como material de defensa.
Esta medida de seguridad será efectiva una vez que se adjudique a una empresa el concurso abierto el pasado mes de julio para el suministro de 3.000 unidades de "defensas telescópicas" por parte del Ministerio del Interior.
(SERVIMEDIA)
23 Ago 2005
MML