INTERIOR NIEGA A 17 ASOCIACIONES LA CONDICION DE UTILIDAD PUBLICA
- Este tipo de asociaciones están obligadas desde 1996 a rendir cuentas cada año para evitar fraudes
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El Ministerio del Interior ha negado en los últimos meses la calificación de Asociación de Utilidad Pública a 17 asociaciones. Según los datos facilitados por el ministerio a Servimedia, desde septiembre pasado han solicitado su adscripcióna este registro un total de 57 asociaciones, una parte de las cuales ejercen con posterioridad como ONG,s o similares.
Es la primera vez que el departamento de Jaime Mayor Oreja toma una decisión de estas características y lo hace en cumplimiento del decreto ley que aprobó en el verano de 1996, donde se establece la obligación de las asociaciones de utilidad pública de rendir cuentas anualmente para evitar fraudes.
El decreto establece que una Asociación, Federación de Asociaciones o asociación jvenil que aspire a ser reconocida como entidad de utilidad pública debe informar detalladamente a Interior de sus actividades, algo a lo que no estaba obligada antes de esa nueva norma.
El control y persecución de los posibles casos fraudulentos aumenta merced a esta iniciativa del Ministerio del Interior. No en vano, los beneficios fiscales de que gozan las asociaciones que alcanzan el grado de utilidad pública, y que afectan a los impuestos de Sociedades, Bienes Inmuebles, Actividades Económicas y sbre la Renta de las Personas Físicas, son suficiente señuelo para atraer a entidades o individuos cuyos objetivos reales distan de lo que pretende la normativa.
El decreto afecta tanto a las asociaciones inscritas en el Registro Nacional de Asociaciones como al de las Comunidades Autónomas. Quedan incluídas también las asociaciones constituídas al amparo de Leyes especiales e inscritas en Registros especiales, las formadas por personas jurídicas, así como las federaciones de asociaciones que pretendenla declaración para todas las entidades afiliadas.
Además, establece el procedimiento de adaptación de las asociaciones declaradas de utilidad pública antes del 26 de noviembre de 1994, fecha de entrada en vigor de la Ley de Fundaciones y de Incentivos Fiscales a la Participación Privada en Actividades de Interés General.
Las asociaciones declaradas de utilidad pública deberán, antes del 1 de julio de cada año, rendir cuentas del ejercicio anterior, presentar una memoria descriptiva de las activiades realizadas durante el mismo año y emitir los informes requeridos por las Administraciones Públicas competentes.
En España hay alrededor de un millar de asociaciones declaradas de utilidad pública, entre las cuales destacan la Asociación Nacional Contra el Cáncer; algunas entidades que desempeñan funciones de ONG o similares, como Medicos Mundi; la asociación de ayuda a enfermos del riñón, Alcer; y Unicef, entre otros.
De las 57 asociaciones que presentaron una solicitud para el registro de uilidad pública, a excepción de las 17 rechazadas, 10 corresponden al ámbito local, 4 al comarcal, 14 al provincial, 15 al de Comunidad Autónoma y 14 con carácter nacional.
(SERVIMEDIA)
29 Jun 1997
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