LOS INSPECTORES NO SANCIONARAN A LAS EMPRESAS QUE INCUMPLAN LA NUEVA LEY DE SALUD LABORAL HASTA QUE NO SEAN INFORMADAS
- Inspección de Trabajo considera que las empresas noestán aún capacitadas para cumplir la nueva Ley de Prevención de Riesgos Laborales
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La Dirección General de la Inspección del Ministerio de Trabajo ha dado una serie de instrucciones a los cerca de 700 inspectores que existen en toda España para que no sancionen a las empresas por infringir normas que figuran en la nueva Ley de Prevención de Riesgos Laborales hasta que no hayan sido informadas sobre la nueva normativa.
Según informaron a Servimedia fuentes dl departamento que dirige José Antonio Griñán, dicha ley regula aspectos muy complejos que no pueden cumplirse inmediatamente, sobre todo para los pequeños empresarios, como la evalución de los riesgos que existen en la empresa.
Con el fin de no provocar sanciones masivas a las empresas, los inspectores que realicen una visita a un centro de trabajo documentarán e informarán al empresario sobre cómo debe cumplir la nueva normativa.
Los inspectores, incluso cuando vayan a realizar una inspección d otro ámbito a los centros, ejercerán funciones de carácter didáctico y de asesoramiento con el fin de que el cambio en determinados aspectos de seguridad e higiene en las empresas no se produzca de forma traumática.
Para ello, el Ministerio de Trabajo facilitará el "Manual de Auditoría Interna" para pymes, editado por la Comisión de las Comunidades Europeas, a los inspectores y empresas que necesiten asesoramiento en dicha materia. El manual consta de cerca de 80 páginas e incluye un cuestionario sobe las incorrecciones que en materia de prevención de riesgos laborales puede cometer una empresa.
Según declaró a Servimedia un alto cargo de Trabajo, "en muchas empresas no se sabe ni siquiera lo que es la evaluación; debemos ser flexibles e informar previamente, porque realmente los pequeños empresarios no están preparados".
En la nueva Ley de Salud Laboral, que entró en vigor el pasado 9 de febrero, se establece, entre otros extremos, que las empresas deberán evaluar todos los posibles riesgospara el trabajador, incluidos aspectos tan puntuales como la colocación de la pantalla del ordenador o la posición correcta de la silla del empleado, si existen vapores nocivos o si el aire está muy condensado.
Una vez informado el empresario sobre las premisas que debe de cumplir, si no lo hace, tras darle un plazo que fijará el inspector en función del tipo de empresa, se procederá a la sanción.
(SERVIMEDIA)
21 Feb 1995
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