LAS INSPECCIONES EN CARRETERA DE CAMIONES Y AUTOBUSES INCLUIRÁN EL CONTROL DE LOS LIMITADORES DE VELOCIDAD
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Las inspecciones técnicas inesperadas que se realizan en carretera a los camiones y autobuses que circulan en territorio español incorporarán a partir de mañana el control del funcionamiento de los dispositivos de limitación de velocidad y serán, además, más estrictas e materia de emisiones de gases de escape.
Así se recoge en el decreto publicado hoy en el Boletín Oficial del Estado (BOE) que modifica el decreto de septiembre de 2002. Este decreto, el de 2002, establece que las inspecciones técnicas periódicas de los camiones y autobuses pueden complementarse con inspecciones inesperadas de una parte representativa de la flota de los vehículos industriales en carretera cada año.
El decreto publicado hoy incorpora al ordenamiento jurídico español algunas modifiaciones de directivas comunitarias que se han llevado a cabo recientemente, que establecen límites de emisión de gases más estrictos en las inspecciones en carretera y el control en estas inspecciones del funcionamiento de los sistemas de limitación de velocidad.
(SERVIMEDIA)
26 Ene 2004
NLV