EL INSERSO CONVOCA SUBVENCIONES PARA AYUDAS TECNICAS Y ELIMINACION DE BARRERAS FISICAS

MADRID
SERVIMEDIA

El Ministerio de Asunts Sociales, a través del Instituto de Servicios Sociales (Inserso), ha convocado las subvenciones anuales para prestaciones técnicas, de las que podrán beneficiarse tanto particulares como asociaciones o instituciones relacionadas con los minusválidos.

Estas ayudas están destinadas a financiar tres tipos de prestaciones: ayudas técnicas, supresión de barreras arquitectónicas y urbanísticas, y movilidad y transporte.

En el capítulo de ayudas técnicas, la Administración concederá a asociaciones e istituciones hasta el 75 por ciento del presupuesto solicitado. En caso de que se trate de un particular, la ayuda podrá cubrir el coste total.

Estas subvenciones son otorgadas para financiar servicios de terapia y rehabilitación, de protección y cuidado personal, de ayuda domiciliaria y de comunicación, información y señalización.

Respecto a las subvenciones para la supresión de barreras arquitectónicas y urbanísticas, el Inserso concederá ayudas hasta del 75 por ciento del presupuesto presentado tanto a organizaciones como a particulares.

Las cantidades solicitadas en este capítulo serán destinadas a la adaptación de viviendas y edificios -especialmente ampliación de puertas y pasillos-, a la reforma de las áreas de estancia y trabajo y a la adaptación del mobiliario.

TRANSPORTE ADAPTADO

En el apartado de movilidad y transporte, la Administración concederá subvenciones, que podrán cubrir hasta el 75 por ciento del coste, para la adquisición de vehículos convencionales y su adaptación,en caso de que el solicitante sea una asociación o institución.

Si el peticionario es un particular, tanto para la adquisición del vehículo como para su adaptación el Inserso podrá financiar la totalidad del proyecto.

Estas cantidades pueden ser destinadas, además de a la compra de un vehículo particular, a adaptaciones o mejoras del transporte urbano e interurbano de autobuses y trenes.

Podrán beneficiarse de las ayudas entidades públicas o privadas, personas jurídicas, sociedades y empresa que puedan crear o poner en funcionamiento, sin fin de lucro, actividades dirigidas a potenciar la relación con el entorno de las personas con sus capacidades reducidas.

También puede ser beneficiario todo particular de nacionalidad española o de países de la Comunidad Europea establecido en España, de cualquier edad, que tenga una limitación funcional permanente y que acredite su estado de necesidad y carencia de recursos.

Las solicitudes deberán dirigirse antes del 3 de septiembre a las direccones provinciales del Inserso o a la Subdirección General de Servicios Técnicos del instituto.

(SERVIMEDIA)
09 Ago 1991
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