EL INSALUD, CONDENADO POR EXTRAVIAR UN AÑO LOS RESULTADOS DE UNA CITOLOGÍA QUE DERIVARON EN CÁNCER - Deberá indemnizar a la paciente con 297.392,79 euros
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El Insalud deberá indemnizar con 297.392,79 euros a una mujer a la que realizaron una citología y tardaron casi un año en darle los resultados. Para entonces, la lesión que se le había detectado en esa prueba había derivado en un cáncer que obligó a realizarle una histerectomía, es decir, a extirparle el útero y los ovarios, según una sentencia del Tribunal Supremo a la que tuvo acceso Servimedia.
Los hechos que han dado lugar a la sentencia, de la que ha sido ponente la magistrada Margarita Robles, se remontan al 5 de noviembre de 1993, cuando a la mujer, que tenía 30 años y un niño, se le realizó una citología en el Hospital Son Dureta, de Palma de Mallorca (Baleares).
En la citología se le detectó una "lesión escamosa de alto grado", pero, "por un extravío burocrático", no le comunicaron el resultado hasta octubre de 1994, es decir, casi un año después.
Para entonces, la paciente presentaba ya un carcicoma invasor que únicamente podía ser atajado con una intervención quirúrjica que supuso la extirpación del útero y de los ovarios, con la consiguiente pérdida de su capacidad reproductiva.
La Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional sentenció que no podía deducirse que la transformación de la citada lesión en un cáncer se debiese al retraso en el tratamiento que supuso el extravío de la prueba.
Sin embargo, el Tribunal Supremo no comparte esta opinión y afirma que la Administración sanitaria debió acreditar tal extremo y no lo hizo.
Por lo tanto, ante esta carencia probatoria, "debe concluirse que existió una relación de causalidad directa y eficaz entre el carcicoma que obligó a la histerectomía practicada y aquel extravío de la citología que impidió que fuese tratada y atajada a tiempo", dice el Supremo.
INDEMNIZACIÓN
De esta manera, el Supremo revoca la sentencia dictada en marzo de 2001 por la Audiencia Nacional y que desestimó la reclamación de daños y perjuicios que la mujer había deducido en su día ante el Instituto Nacional de Salud.
El Supremo fija la indemnización teniendo en cuenta la edad de la mujer cuando se le practicó la histerectomía, las secuelas, el control médico al que debe estar sometida y la depresión que le generó toda esta situación.
Así, el Supremo acuerda que la Administración demandada indemnice a la mujer con 297.392,79 euros, más la suma de 18 euros diarios desde el 3 de octubre de 1998 hasta la fecha de su alta médica definitiva.
(SERVIMEDIA)
02 Abr 2006
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