INMIGRANTES. EL GOBIERNO APRUEBA LOS PLAZOS Y EL PROCEDIMIENTO PARA LA REGULARIZACION DE INMIGRANTES
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El Gobirno aprobó hoy el real decreto que establece el procedimiento y los plazos para que los inmigrantes regularicen su situación mediante la concesión del permiso de residencia, de trabajo y residencia o la tarjeta de residente comunitario.
El real decreto desarrolla la Ley sobre Derechos y Libertades de los Extranjeros en España y su Integración Social, conocida como Ley de Extranjería.
El permiso de trabajo y residencia lo podrán obtener aquellos extranjeros que se encuentren en España de forma coninuada desde antes del 1 de junio de 1999 y cumplan una serie de requisitos.
Podrán acceder a estos documentos los inmigrantes que hayan sido titulares de un permiso de trabajo o residencia en algún momento de los últimos tres años o que hayan solicitado alguno de estos permisos antes del 31 de marzo del 2000, y no estén incursos en las causas de expulsión previstas en la citada ley ni tengan prohibida la entrada en España.
Asimismo, optarán a la documentación los inmigrantes que hubieran formaliado la solicitud de asilo hasta el 1 de febrero de este año, así como los familiares de los extranjeros previstos en la ley y los que residan legalmente en España.
Finalmente, también regularizarán su situación los familiares de residentes comunitarios o de españoles que no posean la nacionalidad de alguno de los Estados miembros de la UE o de los países que forman parte del acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo.
El plazo de presentación de solicitudes comenzará el próximo 21 de marzo y finaizará el 31 de julio y deberán ir acompañadas de la documentación que acredite que el interesado se encuentra en España de forma continuada desde antes del 1 de junio del 1 de junio de 1999.
(SERVIMEDIA)
18 Feb 2000
GJA