INMIGRACION. LA ADMINISTRACION TARDA 33 MESES EN DAR "PAPELES" A LOS INMIGRANTES IRREGULARES ACOGIDOS AL REGIMEN GENERAL EN MADRID
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La Administración central en la Comuidad de Madrid tarda una media de 33 meses para entregar el permiso de residencia y trabajo a los inmigrantes irregulares que en su día se acogieron a la vía del Régimen General.
Así consta en el libro blanco sobre la tramitación del permiso de trabajo y residencia de inmigrantes presentado hoy en Madrid por la iniciativa "Papeles para tod@s, ningún ser es ilegal".
El libro, elaborado por el Centro de Estudios y Defensa de Derechos Humanos (CEDEHU), ARI-PERU y AESCO, se basa en las 500 entrevista realizada por la iniciativa "Papeles para tod@s, ningún ser es ilegal" en cuatro organismos públicos que tramitan la documentación de los inmigrantes en la Comunidad de Madrid.
Rosario Zanabria, presidenta de ARI-PERU, destacó en rueda de prensa que la Administración vulnera la Ley de Regímen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, que contempla una periodo de tres meses para que un inmigrante irregular obtenga su documentación.
Zanabria subrayó que la taranza en obtener el permiso de trabajo y residencia obliga al inmigrante a trabajar en la economía sumergida. Además, muchos de ellos pierden la oferta de empleo que les ha facilitado el empresario, que no puede esperar tanto tiempo y, por tanto, su posibilidad de regularización.
Por su parte, Nieves Botella, miembro del Centro de Derechos Humanos, acusó al ministro del Interior, Mariano Rajoy, de pregonar que quiere fomentar la inmigración regular y poner "trabas" a que los inmigrantes irregulares obtngan su documentación.
Otras denuncias que recoge el libro son la falta de información que se ofrece a los extranjeros, la falta de formación de los funcionarios y el elevado coste económico que le supone a los inmigrantes obtener su documentación
Finalmente, el informe critica que el Gobierno haya cerrado la vía del régimen general para obtener permiso de trabajo y residencia, salvo para los chilenos, peruanos y los cónyuges que no están sujetos a la situación nacional de empleo, porque los extrnjeros deben acogerse al contingente de trabajo y firmar sus contratos en los países de origen.
(SERVIMEDIA)
28 Mayo 2002
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