INFORME MENORES. URRA PIDE RESPONSABILIDAD PENAL PARA LOS PADRES QU ADMINISTREN MAL LOS INGRESOS DE LOS MENORES DE 16 AÑOS

MADRID
SERVIMEDIA

El Defensor del Menor de la Comunidad de Madrid recomienda a la autoridad laboral que establezca las cautelas precisas en la administración de los ingresos que generan los menores de 16 años por su participación en espectáculos públicos, y pide responsabilidades penales para los padres y administradores por la mala administración de estos ingresos, según consta en el informe anual de la institución, al que ha tenid acceso Servimedia.

El informe insiste en que sería conveniente incluir una modificación de los supuestos por los que se puede exigir una responsabilidad penal a los progenitores o administradores, establecida en el artículo 252, en relación con el 268 del Código Penal (apropiación indebida), "aumentándolos por una mala administración".

La legislación española sólo permite el trabajo de los menores de 16 años en espectáculos públicos y con las cautelas que establece el artículo 6.4 del Estatuto d los Trabajadores. Ese articula estipula que "la intervención de los menores de dieciseís años en espectáculos públicos sólo se autorizará en casos excepcionales por la autoridad laboral, siempre que no suponga peligro para su salud física ni para su formación profesional y humana; el permiso deberá constar por escrito y para actos determinados".

La competencia para conceder esta autorización recae, en este caso, en la Comunidad de Madrid, lo mismo que la facultad sancionadora. Por ello, el Defensor dl Menor propone una regulación más concreta de los requisitos necesarios para otorgarla, al no ser una actividad laboral y no estar sujeta al Derecho del Trabajo.

Hasta que se produzca esta regulación autonómica, pide que se "salvaguarde el desarrollo integral del menor, primando lo educativo sobre los económico y limitando el tiempo de participación".

También insta a las distintas administraciones implicadas (Inspección laboral, profesores, jueces, servicios sociales etc.) a realizar un mayor cotrol para que padres o administradores cumplan la legislación vigente.

(SERVIMEDIA)
17 Mayo 2001
EBJ