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INDEPENDENTISTAS GALLEGOS INTENTARON REUNIRSE CON DIRIGENTES DE ETA PARA PEDIRLES AYUDA

- Según un documento encontrado en el ordenador de Antón García, jefe de la Asambleia da Mocidade Independentista

MADRID
SERVIMEDIA

Miembros del grupo gallego Asambleia da Mocidade Independentista (AMI) hicieron gestiones en el año 2005 para reunirse con dirigentes de ETA con el objetivo de perdirles ayuda para desarrollar sus actividades, según consta en un documento encontrado en el ordenador de Antón García Matos, máximo dirigente de la organización.

Este escrito fue utilizado en el juicio que la Sección Primera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha celebrado contra los miembros del AMI Uxio Caamaño y Xiana Rodríguez, acusados del atentar contra un banco de Santiago de Compostela en julio de 2003.

El citado documento es una carta supuestamente escrita desde prisión por Caamaño y dirigida a García Matos en la que le propone contactar con los presos etarras con los que compartía cárcel para cerrar una reunión.

En concreto, el escrito atribuido a Caamaño decía "aquí hay presos vascos de alto nivel, si queréis intento acordar una reunión para que nos echen una mano, sabéis que nunca nos han negado nada".

Este carta, en la que supuestamente Caamaño y Rodríguez relatan a los dirigentes del AMI su experiencia en la cárcel tras su detención, fue cuestionada por la defensa de los acusados.

El abogado de Caamaño, Endika Zulueta, pidió la impugnación de este documento como prueba por tratarse de una carta "de dudosa procedencia", ya que, a su entender, no ha quedado acreditado que la misma fuera escrita por su cliente o por Rodríguez y, además, no se ha aclarado como pudo ser introducida dentro del ordenador de García Matos.

Además, el letrado señaló que la carta, escrita en gallego, fue traducida por un agente de la Guardia Civil y no por un interprete judicial, lo que deja al documento sin valorprobatorio.

MODIFICACIÓN DE LA FISCALÍA

La fiscal encargada del caso, Blanca Rodríguez, decidió alfinal de la vista oral modificar su petición inicial para los acusados, en la que solicitaba 21 años de cárcel para Caamaño y 19 para Rodríguez.

Finalmente, la fiscal solicitó para Caamaño un total de 19 años de cárcel por los delitos de estragos, utilización de vehículo a motor sustraído con violencia y falsificación de documentos oficiales y 17 años de cárcel para Rodríguez.

Además, la representante del Ministerio Público ofreció al tribunal la alternativa de que, en caso de que no se pueda condenar a los acusados por un delito de estragos, se les condene por un delito de daños.

Según el relato de los hechos realizado por Fiscalía, Caamaño y Rodríguez, siguiendo las instrucciones de García Matos, huido de la justicia, colocaron el día 23 de julio de 2005 un artefacto explosivo en una sucursal de Caixa Galicia situada en el centro de Santiago de Compostela.

El artefacto explotó sobre las 15.50 horas, causando graves daños materiales en la oficina bancaria, así como en los inmuebles colindantes y en los vehículos estacionados en las proximidades.

Además, la fiscal asegura que la bomba, compuesta por entre cinco y siete kilogramos de una sustancia derivada del perborato potásico, "puso en grave riesgo la integridad física y la vida de las personas", ya que la oficina bancaria se encuentra en el centro de la capital gallega, una zona de gran afluencia de vecinos y turistas.

En la sesión del juicio celebrada ayer, Caamaño reconoció ser la persona que colocó el artefacto explosivo pero aseguró que Rodríguez no tuvo nada que ver en la acción y señaló que se la encontró en Santiago "por casualidad".

Por su parte, Rodríguez defendió su inocencia y también aseguró que el encuentro con Caamaño cuando este se dirigía colocar la bomba fue fortuíto.

En la sesión de hoy, el abogado Zulueta aseguró que Caamaño tan sólo puede ser condenado por un delito de daños, castigado con penas de uno a tres años de prisión, porque la colocación de la bomba "no fue un acto de terrorismo" y además no se puso en peligro la vida de los vecinos y turistas.

Para sustentar esta teoría, el letrado señaló que, en los casos de "kale borroka" o violencia callejera en el País Vasco, la propia Audiencia Nacional considera los ataques contra sucursales bancarias como un delito de daños y no como uno de estragos.

Además, Zulueta pidió que se aplique a su cliente el atenuante de confesión, ya que, tras ser detenidos por la Policía Nacional minutos después de poner la bomba, Caamaño indicó a los agentes que acababa de colocar un artefacto explosivo y les dio detalles de dónde estaba colocado y de a qué hora iba a explotar.

Por su parte, el abogado de Rodríguez pidió la libre absolución de su cliente al considerar que no ha quedado acreditado que participase ni en la preparación ni en la colocación de la bomba.

Tras escuchar las conclusiones de la Fiscalía y de los abogados de la defensa, el presidente del tribunal, el juez Javier Martínez Lázaro, pronunció el visto para sentencia.

(SERVIMEDIA)
04 Nov 2008
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