LAS INDEMNIZACIONES POR OVERBOOKING AEREO SE DPLICAN EN JULIO Y OSCILARAN ENTRE 250 Y 600 EUROS EN FUNCION DEL TRAYECTO
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El pleno del Parlamento Europeo debatirá en segunda lectura el próximo 2 de julio, para su aprobación definitiva, el nuevo reglamento de la Unión Europea sobre compensaciones a los pasajeros por overbooking (cuando la compañía aérea vende más billetes que las plazas disponibles) o cancelaciones de vuelos no anunciadas con la suficiente antelación, que es de aplicación directa por los Estados miembrosque básicamente duplica las actuales indemnizaciones.
Tras haber recibido el visto bueno del Consejo de la UE, el reglamento que la Eurocámara aprobará la próxima semana supone un importante avance para los usuarios del transporte aéreo, ya que establece un trayecto más corto (para vuelos de hasta 1.500 kilómetros, frente a los 3.500 kilómetros actuales) para la indemnización mínima, que también aumenta de 150 a 250 euros.
Si el retraso se produce en un trayecto de entre 1.500 y 3.500 kilómetrosla compensación por cancelación del vuelo asciende a 400 euros, y si la distancia supera los 3.500 kilómetros, a 600 euros (300 euros hasta ahora).
Además, una enmienda exige que la UE publique mensualmente una clasificación de líneas aéreas en función de criterios como las denegaciones de embarque, las pérdidas de equipaje (que también dan derecho a indemnización) o los retrasos.
En todo caso, si un pasajero no puede tomar el vuelo que tenía reservado por overbooking puede elegir entre una plazaen el siguiente vuelo o la devolución del importe, además de la indemnización correspondiente.
(SERVIMEDIA)
28 Jun 2003
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