INCUMPLIR EL REGLAMENTO DE QUÍMICOS PODRÁ ACARREAR MULTAS DE HASTA 1,2 MILLONES
- El Gobierno aprueba el régimen sancionador sobre el uso de estas sustancias
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El Consejo de ministros ha aprobado la remisión a las Cortes Generales del proyecto de ley que establece el régimen sancionador previsto en el reglamento "Reach" del Parlamento y el Consejo Europeo sobre la comercialización de sustancias químicas.
El proyecto de ley aprobado fija el régimen sancionador básico en el caso de incumplimiento con las obligaciones establecidas. Así, el texto especifica las infracciones en las que pueden incurrir los fabricantes, importadores y usuarios intermedios, que se podrán calificar como leves, graves y muy graves.
Las cuantías de las sanciones dependerán de la gravedad de la infracción y pueden ascender oscilar entre los 6.000 euros y los 1.200.000 euros. En los supuestos más graves, la sanción también podrá incluir la clausura temporal de las instalaciones del fabricante o comercializador.
Entre las posibles sanciones, destacan la de comercializar sustancias químicas sin registro previo o sin la ficha de seguridad obligatoria, la falta de implantación por el solicitante del registro o del usuario de las medidas de control del riesgo o no conservar durante 10 años la información necesaria para cumplir con las obligaciones.
Este reglamento establece el marco europeo para la comercialización de sustancias químicas y fija un sistema integrado único para su registro, evaluación y autorización, con el objetivo de mejorar el conocimiento de estas sustancias y su control.
Reach regula también la comunicación, la información de los peligros y la manera de utilizar las sustancias químicas de forma segura en toda la cadena de suministro.
(SERVIMEDIA)
12 Jun 2009
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