LA INCAPACIDAD MENTAL ES LA CAUSA MAYORITARIA DE LAS ANULACIONES MATRIMONIALES CANONICAS
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La mayoría de las sentencias de los tribunales canónicos que declaran nulo un matrimonio argumentan la denominada falta o "vicio" de consentimiento, cuando uno de los esposos no comprende o no desea la unión por incapacidad mntal, pérdida de razón o, como reveló recientemente un sentencia del Tribunal de la Rota, toxicomanía o drogodependencia.
Parece ser que éste es también el motivo que ha decidido a los jueces del Tribunal de la Rota a anular el matrimonio de Carolina de Mónaco con Philippe Junot.
Además de la citada causa, el Derecho Canónico contempla otros motivos para anular un matrimonio: por "impedimento de impotencia", es decir, que uno de los esposos estuviera ya casado, fuera menor de edad o mantuviera paentesco con el otro cónyuge; por "defectos de forma" en la celebración y por "otros impedimentos", como que se hubiera recurrido a la fuerza o coacción para consentir en el matrimonio.
Este último supuesto incluiría, por ejemplo, que el matrimonio no hubiera contemplado algún elemento esencial del vínculo, como la sacramentalidad o la procreación.
Según las estadísticas de la Iglesia católica de 1989, el total de matrimonios de todo el mundo que fueron anulados en procesos ordinarios por el llamao "vicio de consentimiento" ascendieron en 1985 a 46.956, mientras que por el "impedimetno de impotencia" fueron 146, por "defecto de forma" 148 y por otros defectos 389.
Respecto a los continentes en donde se produjeron mayor número de nulidades matrimoniales, destaca América del Norte, seguida de lejos por Europa, mientras que Latinoamérica figura a la cabeza en las solicitudes de separación matrimonial dirigidas a la Iglesia.
(SERVIMEDIA)
02 Jul 1992
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