EL IMPUESTO MUNICIPAL DE VEHICULOS NO PODRA SUBIR MAS DEL 2%
El texto se ha copiado correctamente en el portapapeles
Los ayuntamientos no podrán subir el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica más del 2 por ciento, según la Ley 51/2002, Reguladora de las Haciendas Locales, que ya está en vigor
Según informó hoy la patronal del transporte de viajeros por carretera Asintra, las ordenanzas fiscales de los municipios amplían la posibilidad de bonificar el impuesto sobre vehículos del 50% al 75% de la cuota, incrementada o no.
Asimismo, en el supuesto de las bajas definitivas de vehículos con 15 o más años de antigüedad, se exceptúa de la obligación de acreditación ante la Jefatura Provincial de Tráfico del pago del último recibo presentado al cobro por este impuesto.
Por otra parte, a nueva ley deja exentos del impuesto los autobuses, microbuses y demás vehículos destinados o adscritos al servicio de transporte público urbano, siempre que tengan una capacidad que exceda de 9 plazas, incluida la del conductor.
(SERVIMEDIA)
10 Feb 2003
A