HIPOTECARIOS. EL INSTITUTO NACIONAL DE CONSUMO PUBLICA LOS REQUISITOS QUE DEBEN CUMPLIR LAS ENTIDADES BANCARIAS
El texto se ha copiado correctamente en el portapapeles
El Instituto Nacional de Consumo (INC), dependiente del Ministerio de Sanidad y Consumo, ha editado un folleto informativo sobre créditos hipotecarios, bajo el título "lo que debe saber sobre préstamos hipotecarios", en el que desglosa los distintos aspectos de la solicitud de un préstamo de esta natualeza.
El folleto recuerda la trascendencia de cualquier decisión de compra de vivienda, al señalar que "es, seguramente, la operación económica más inmportante que realiza el consumidor medio".
El contenido del folleto se refiere a las condiciones establecidas en la reciente ley sobre subrogación y modificación de préstamos hipotecarios, de marzo de 1994, que según el INC "trata de garantizar la adecuada información y protección de quienes tienen que acudir a una entidad crediticia en busca de u préstamo hipotecario".
En esta publicación, accesible a todo consumidor, se pasa revista a las comisiones que pueden cobrarse, los gastos que corren a cargo del prestatario y los aspectos de los que la entidad bancaria y el notario deben informar al consumidor.
Si la entidad bancaria decide otorgar el crédito, está obligada a redactar una oferta vinculante con un plazo de validez mínimo de diez días. Si el consumidor acepta la oferta, tiene derecho a examinar también durante un plazo de tres día el proyecto de escritura en el despacho del notario para comprobar que se ajusta a la oferta vinculante.
El folleto recuerda asimismo que, en caso de queja, el consumidor puede acudir a los tribunales de Justicia, también a través de una asociación de consumidores, o presentar una reclamación ante el Servicio de Reclamaciones del Banco de España.
(SERVIMEDIA)
21 Mayo 1995
JCV