HB. LAS ASOCIACIONES JUDICIALES VEN "LOGICO" MODIFICAR EL CODIGO PENAL PARA INCORPORAR LA DOCTRINA DEL CONSTITUCIONAL
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Las asociaciones judiciales manifestaron hoy que consideran "razonable" estudiar el cambio del Código Penal, como "consecuencia lógica" de la sentecia del Tribunal Constitucional que revocó la decisión del Supremo de condenar a siete años de prisión a los miembros de la anterior Mesa Nacional de HB.
El portavoz de la Asociación Profesional de la Magistratura (APM), José Luis Requero declaró a Servimedia que el anuncio del Gobierno en el sentido de estudiar un cambio del CódigoPenal "es una consecuencia lógica e inevitable". "Si se ha declarado un precepto del Código Penal inconstitucional por la pena que llevaba aparejado ese delito, es necesario que se estudie y se proponga una reforma para no dejarlo sin pena y que sea aplicable", añadió.
Explicó que "al ser una sentencia pensada para el caso, el Tribunal Constitucional (que revocó la del Supremo por considerar la pena desproporcionada con el delito) no dijo qué era lo proporcional. En el caso de HB, lo proporcional no e dejar impune un delito que decían que habían cometido". Por ello, será el legislador quien tenga que ver "cuál es la pena proporcional para ese delito".
"El legislador", proiguió, "tendrá que integrar su soberanía con la docrina que ha sentado el Tribunal Constitucional con esta sentencia. Tendrá que modificar el atículo del Código penal delcarado inconstitucional para que esa conducta no quede sin aplicación".
JpD: SIMILITUD DE LOS CODIGOS
Por su parte, el portavoz de la asociación Jueces par la Democracia (JpD), Ricardo Bodas, explicó que artículo 576 del vigente Código penal "es muy similar al del Código Penal anterior declarado inconstitucional por parte del Alto Tribunal, por cuanto no se diferencia el tipo de colaboración con banda armada concreta en relación con la pena, imponiéndose la misma con independencia de que se haya realizado una colaboración más o menos intensa".
"Como el Tribunal Constitucional ha entendido que esto no era propio del principio de proporcionalidad de las pnas, entendiendo que era inconstitucional esa medida, nos parece razonable, sin anticipar que sea inconstitucional, que atendiendo a estos precedentes el Gobierno haga una reflexión para depurar técnicamente este tipo de normas", dijo Bodas a esta agencia.
En su opinión, "la declaración de inconstitucional de una norma es excepcional, pero el Constitucional debe jugar esa función de depuración del ordenamiento jurídico, y en los casos en que se detecte que una norma tiene un vicio o una falta de clida constitucional, esta tiene que modificarse. Esa es la voluntad de la propia Constitución".
Resaltó ésto "obliga a todos, a los órganos judiciales y los legisladores, ha hacer un esfuerzo de depuración técnica de las normas para asegurarse de que este tipo de cuestiones no se produzcan", si bien insistió en que "no debe verse en clave de anormalidad, sino de normalidad democrática, para eso está el Tribunal Constitucional y los propios tribunales ordinarios".
Por último, el portavoz de la asociacón judicial Francisco de Vitoria, Lorenzo Pérez San Francisco, coincidió con las otras dos asociaciones al afirmar que estudiar una modificación del Código Penal "es una cosa habitual, no es nada extraño ni anormal, sino la única solución lógica que puede adoptar el Gobierno" tras la sentencia del TC.
Insistió en que "tras la declaración de inconstitucionalidad del artículo 174 del Código Penal antiguo, teniendo en cuenta que el código de la democracia era una copia casi íntegra del anterior artículo,hay una seria duda de si el precepto es constitucional, por lo que me parece razonable estudiar el cambio".
(SERVIMEDIA)
23 Jul 1999
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