CASO FILATELIA

HACIENDA ACLARA QUE NI LA AGENCIA TRIBUTARIA NI SUS FUNCIONARIOS COBRAN POR ADMINISTRAR FÓRUM Y AFINSA

MADRID
SERVIMEDIA

La Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) aclaró hoy que ni este organismo ni los funcionarios designados como administradores de Fórum Filatélico y Afinsa perciben retribución alguna más que su sueldo como empleados públicos que corre a cargo del Estado.

La Ley Concursal (de 9 de julio de 2003) establece que en cualquier concurso, cuando el acreedor designado administrador concursal sea una Administración pública, el funcionario designado no percibirá retribución alguna salvo su sueldo como funcionario.

Por lo tanto, los aranceles fijados por el auto del Juzgado de lo Mercantil número 7 de Madrid respecto a la retribución de los administradores concursales en Forum Filatélico se refieren exclusivamente a los otros dos administradores concursales, que son un abogado y un auditor del sector privado.

Asimismo, el auto del Juzgado de lo Mercantil número 5 de Madrid sobre la administración concursal de Afinsa dice textualmente que el artículo 27 de la Ley Concursal "señala que un arancel reglamentará la retribución correspondiente a la administración judicial, atendiendo a la cuantía del activo y a la complejidad del concurso".

"Las participaciones de los profesionales designados administradores judiciales en dicha retribución serán idénticas entre si, y en cuanto al profesional designado por la AEAT como administrador acreedor, no cabe en este caso, conforme a lo dispuesto en el artículo 27.4 de la Ley Concursal dar lugar a retribución alguna a cargo de la masa del concurso", agrega la Agencia Tributaria.

(SERVIMEDIA)
21 Dic 2006
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