LAS GUARDIAS CIVILES NO SE BENEFICIARAN DEL CAMBIO DE DESTINO POR LACTANCIA QUE SERA RECONOCIDO A LAS MUJERES SOLDADO
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Las mujere agentes de la Guardia Civil no se podrán beneficiar de las medidas incluidas en el reglamento anunciado por el Ministerio de Defensa, que permitirá cambiar el destino de las mujeres del Ejército durante el periodo de lactancia de sus hijos.
El departamento dirigido por Federico Trillo-Figueroa anunció esta semana la inminente aprobación de dicho reglamento, justo después de la polémica suscitada por una teniente a la que se le denegó una petición de cambio de destino para poder cuidar a su hijo.
Sin embargo, esta nueva norma sólo afectará a las mujeres enroladas en las Fuerzas Armadas y no a las de la Guardia Civil, instituto que tiene su reglamentación específica, en la que no está prevista la eventualidad ahora tomada en cuenta por Defensa.
La Benemérita, un cuerpo de seguridad del Estado a caballo entre los ministerios de Interior y Defensa, dispone de una Ley de Régimen de Personal del Cuerpo de la Guardia Civil, distinta de la Ley de Régimen del Personal de las Fuerzas Armadas, y tambiénde un reglamento de provisión de destinos del personal del Cuerpo, en donde no están previstos los cambios de destino durante la lactancia.
Este último reglamento prevé una exención de cometidos para las mujeres embarazadas, a quienes, previo informe de los Servicios Médicos del Instituto, se les podrá "eximir del desempeño de los cometidos que pongan en riesgo su embarazo; asignarles cometidos distintos, que no resulten incompatibles con su estado; y asignarles, si el destino lo permite, un puesto oránico distinto al que estuviera ocupando". Todas estas medidas no suponen para la gestante pérdida de destino y quedan sin efecto al concluir el embarazo.
Unas normas muy similares rigen actualmente en la Ley de Personal de las Fuerzas Armadas en cuanto a la asignación de destinos en atención a la familia, algo que se verá reforzado con el reglamento anunciado por Defensa aplicable al periodo de lactancia.
Actualmente las guardias civiles que han dado a luz únicamente se pueden beneficiar de las ismas medidas que las funcionarias durante el periodo de lactancia, es decir, una hora diaria libre en los primeros nueve meses del hijo, según fuentes del instituto armado.
(SERVIMEDIA)
04 Abr 2002
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