FUNCIONARIOS

GOBIERNO Y SINDICATOS FIRMAN HOY EN MONCLOA EL ESTATUTO DEL EMPLEADO PÚBLICO

- El Ejecutivo pretende aprobar el proyecto de ley del Estatuto el 30 de junio

MADRID
SERVIMEDIA

Gobierno y sindicatos firman hoy en el Palacio de La Moncloa el Estatuto Básico del Empleado Público, tras el acuerdo alcanzado el pasado 24 de mayo entre las partes, con el que se pone fin a varios intentos de dotar a los funcionarios y trabajadores de la Administración de un estatuto equiparable al de los asalariados del sector privado.

El acto de firma del acuerdo, que se celebrará a partir de las 12,00 horas, será presidido por el jefe del Ejecutivo, José Luis Rodríguez Zapatero, y al mismo asistirá también el ministro de Administraciones Públicas, Jordi Sevilla.

El Gobierno quiere aprobar el proyecto de ley de Estatuto del Empleado Público en el Consejo de Ministros del 30 de junio, con el fin de que pueda tramitarse en las Cortes en el segundo semestre del año y entrar en vigor el 1 de enero próximo.

El Estatuto incorpora, como principales novedades, el que los funcionarios cobrarán parte de su sueldo en función de su rendimiento, es decir, el salario irá ligado a la productividad, y que podrán perder su puesto de trabajo si no cumplen los objetivos, aunque no perderán la condición de funcionarios.

Los sistemas de evaluación de los funcionarios "se adecuarán, en todo caso, a criterios de transparencia, objetividad, imparcialidad y no discriminación", según la propuesta de Estatuto acordada.

Junto a la posibilidad de perder el puesto de trabajo, el Estatuto recoge el derecho de los funcionarios "a la carrera profesional y a la promoción interna" si la evaluación es positiva, así como a complementos de salarios ligados a la productividad.

Así, establece que los empleados públicos podrán recibir un complemento a su salario en función del "grado de interés, iniciativa y esfuerzo aplicado al desempeño del puesto de trabajo o el rendimiento o resultados obtenidos".

La propuesta del Ejecutivo también establece que el valor de las retribuciones y su incremento anual se determinarán en las leyes de presupuestos del Estado y de las comunidades autónomas. Sin embargo, los Presupuestos Generales del Estado (PGE) fijarán un tope máximo de subida de los salarios de los empleados públicos.

Asimismo, el texto incluye la consolidación de las pagas extraordinarias, que serán dos anuales y que incluirán la cuantía de los retribuciones complementarias, excepto aquellas que se obtengan por el rendimiento y por horas extraordinarias.

ÓRGANOS DE SELECCIÓN

El Estatuto recoge también la composición de los órganos de selección de las oposiciones para acceder al puesto de funcionario. Éstos deberán contar con paridad de hombres y mujeres y estarán sujetos a los principios de "imparcialidad y profesionalidad".

Además, los miembros de los órganos de selección no podrán representar a asociaciones, organizaciones sindicales o "cualquier entidad representativa de intereses". Tampoco tendrán acceso el personal de designación política ni los empleados eventuales.

El Estatuto, que consta de 100 artículos, dos disposiciones adicionales y cuatro transitorias, propone también que las Administraciones Públicas puedan obligar a sus empleados a realizar traslados forzosos a otras ciudades o a cambiar de puesto de trabajo.

Los únicos requisitos que el Estatuto impone a esta posibilidad es que se deben respetar las retribuciones de los funcionarios afectados y sus condiciones esenciales de trabajo, aunque aclara que podrá modificarse su puesto.

Por otro lado, la propuesta de Estatuto incluye el Plan Concilia, que el Gobierno lleva aplicando desde enero, y un plan de consolidación de empleo temporal, con el que se pretende hacer fijos a unos 650.000 interinos y trabajadores con contrato de tiempo determinado.

La propuesta del Gobierno recoge también la creación de un nuevo tipo de funcionario, el personal directivo. La designación de este personal "atenderá a criterios de mérito y capacidad, y a principios de idoneidad, y se llevará a cabo mediante procedimientos que garanticen la publicidad".

DISCAPACITADOS

El Estatuto establece también que las ofertas de empleo público reservarán un cupo no inferior al 5% de las vacantes para personas con una discapacidad igual o superior al 33%.

Asimismo, establece la discriminación de los trabajadores discapacitados como una falta "muy grave", que podría suponer el "despido disciplinario" del funcionario.

Entre los derechos individuales recogidos para los funcionarios está el de no discriminación por razón de nacimiento, raza, género, orientación sexual, religión, opinión y discapacidad.

(SERVIMEDIA)
13 Jun 2006
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