Vivienda
El Gobierno saca a consulta pública el real decreto para regular el alquiler y los alojamientos de corta duración
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El Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana ha iniciado el proceso de consulta pública del real decreto por el que se crea la ‘Ventanilla Digital Única de Arrendamientos’ y se regula la recogida y el intercambio de datos relativos a los servicios de alquiler y alojamientos de corta duración.
Según informó este lunes el Ministerio, los ciudadanos, organizaciones y asociaciones que lo consideren conveniente pueden hacer llegar sus observaciones sobre la iniciativa sometida a consulta hasta el día 8 de octubre.
La ministra de Vivienda y Agenda Urbana, Isabel Rodríguez, destacó que de este modo el Ejecutivo da “garantías a los consumidores”, ya que “cualquiera que quiera alquilar su vivienda por corta duración deberá estar registrado y obtener un número de identificación sin el cual no va a ser posible publicitar esa vivienda”.
A su juicio, este real decreto “avanza la regulación y garantiza los contratos de temporada para quienes de verdad lo necesitan”, como un instrumento “para combatir la ilegalidad, el fraude y el abuso de ley que es lo que se está produciendo en estos momentos”.
“Se trata de garantizar que cuando se necesita un alquiler de temporada por razones laborales, estudiantiles, por enfermedad, se pueda dar uso y no se abuse de él”, concluyó.
El objeto del real decreto es introducir en el ordenamiento jurídico español el reglamento 2024/1028 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de abril de 2024, sobre la recogida y el intercambio de datos relativos a los servicios de alquiler de alojamientos de corta duración, a fin de establecer una serie de obligaciones y regulaciones en materia de información que se aplican a los servicios de alquiler de alojamientos de corta duración estableciendo los procedimientos de registro para las unidades situadas en el territorio.
De esta manera, se crea la ‘Ventanilla Digital Única’, un sistema por el cual cualquier alquiler de una vivienda de corta duración debe registrarse y obtener un número de identificación y sin él, no se podrá publicitar la vivienda en las plataformas digitales.
(SERVIMEDIA)
23 Sep 2024
ECJ/pai