EL GOBIERNO RETRASA EL PASE A LA RESERVA DE GUARDIAS CIVILES Y POLICIAS PARA ADECUAR LA JUBILACION AL RITMO DE INGRESOS
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El Consejo de Ministros aprobó hoy la remisión al Congreso de los proyectos de ley del régimen de personal de la Guardia Civil y de regulación de la situación de segunda actividad en el Cuerpo Nacional de Policía, en los que se amplía la permanencia en el servicio activo para la escala básica de ambos cuerpos con el fin de "adecuar el ritmo de jubilaciones al de posibles ingresos".
Según el ministro de la Presidencia, Alfredo Pérez Rubalcaba, las nuevas medidas se enmacan dentro de la Ley de Organización de Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado para "seguir con los procesos de modernización por la vía de su reforma en lo que a la política de personal se refiere".
Para el Gobierno, ambas leyes pretenden "regular procesos administrativos que acercan la ordenación de estas fuerzas y cuerpos a la que existe en los funcionarios del Estado".
La nueva legislación establece sistemas más ágiles de promoción interna con la intención de rejuvenecer la edad media de ls mandos.
El primero de los proyectos agrupa los 16 empleos de la Guardia Civil en 6 categorías, con una ordenación jerárquica de sus miembros, agrupados a su vez en cuatro grupos: superior (de teniente a general de división), ejecutiva (de alférez a teniente coronel), suboficiales (de sargento a suboficial mayor) y básica (de guardia civil a cabo primero).
En la escala básica, los guardias civiles ascenderán a cabo por orden de escalafón, formado por las puntuaciones de las pruebas selectivas y el curso de aptitud correspondiente, mientras que el ascenso a cabo primero se efectuará por antigüedad.
De la escala básica a la de suboficiales se podrá acceder por promoción interna, reservándose al efecto el 60 por ciento de las plazas convocadas.
Por lo que respecta a la edad de permanencia en servicio activo, el proyecto retrasa hasta los 58 años el pase a la situación de reserva para los grados de teniente coronel y suboficial mayor, y hasta 56 en el caso de cabos y guardias, mientras que ara el resto se mantienen las edades fijadas con anterioridad.
POLICIA
En el Cuerpo Nacional de Policía, la nueva ley regula la situación administrativa especial de segunda actividad, que tiene por objeto garantizar su adecuada aptitud psicofísica mientras permanezcan en activo, asegurando así la eficacia policial.
Las causas que determinan el paso a la segunda actividad, situación de la que quedan excluidos los funcionarios facultativos y técnicos del Cuerpo, son el cumplimiento de determinadaedad y la insuficiencia de las facultades psicofísicas.
La segunda actividad se declara de oficio tras haber permanecido 20 años en servicio activo a partir de los 60 años (escala superior), 56 años (escala ejecutiva) y 55 (subinspección y escala básica). En este último apartado se aumenta la edad de permanencia en el servicio activo, ya que el límite anterior estaba fijado en los 50 años.
Asimismo, ambos proyectos modifican los mecanismos de formación permanente de policías y guardias civiles, "ratando de tener una policía y una Guardia Civil más formada, con unos mecanismos más actualizados de formación continua".
(SERVIMEDIA)
29 Oct 1993
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