EL GOBIERNO SE RESERVA EL DERECHO DE INTERVENCION EN EMPRESAS PUBLICAS PRIVATIZADAS

- Hará falta el permiso del Gobierno para reducir la presencia estatal por debajo del 15 % o vender más del 5 %

- Se aplicará en empresas con presencia estata superior al 25% y supone la renuncia a las acciones de oro o "golden share"

MADRID
SERVIMEDIA

El Consejo de Ministros aprobó hoy el proyecto de Ley para regular el régimen jurídico en caso de venta de participaciones públicas en determinadas empresas con el fin de "facilitar las privatizaciones futuras garantizando el interés público".

Con esta futura ley, el Gobierno quiere asegurar la salvaguardia del interés general en empresas en las que ahora tiene una presencia superio al 25 por cien, y el mecanismo consiste en contar con la posibilidad de intervenir en operaciones de compra-venta superiores al 5 por cien del capital io cuando conlleven una reducción de la presencia pública en la empresa por debajo del 15 por cien.

Además, debe tratarse de empresas presten servicios públicos esenciales, o cuya actividad tenga una especial relevancia para la economía general o para el sector económico al que pertenecen, es decir, que sean estratégicas, lo cual se decididrá mediante n criterio selectivo, según explicó en rueda de prensa el ministro de la Presidencia, Alfredo Pérez Rubalcaba.

La solución adoptada por el Gobierno para salvaguardar los intereses del Estado en el proceso de privatización de empresas, es una reproducción parcial de la legislación francesa para este fin, en la que se otorgar a la Administración del Estado de facultades especiales por ley, para intervenir en el actividad de determinadas sociedades.

Sin embargo, supone la renuncia a otra medida adiconal adoptada en Francia y otros países, como el Reino Unido, que consiste en constituir unas acciones especiales o de oro, las llamadas "golden share", que permiten al Estado intervenir en la toma decisiones relativas a la privatización o enajenación de "paquetes" accionariales, desde los consejos de administración.

La explicación dada por el Ministerio de Industria a este extremo es la de que se persigue "la menor intervención pública" compatible con la garantía de los intereses generales, hasta el unto de poder declarar "nulo de pleno derecho" una operación de compra-venta, si no cuenta con la aprobación preceptiva.

La autorización previa deberá hacerse mediante un real decreto del Gobierno específico a cada operación, entre las que puede figurar desde la disolución a la escisión o fusión de la empresa, pasando por la venta o gravamen de activos o participaciones sociales, así como la adquisición de "paquetes" accionariales que puedan lugar a un control superior al 5 por cien del capital.

unque el proyecto de ley aprobado por el Consejo de Ministros tiene como finalidad atender a las necesidades de las empresas públicas que dependen del Gobierno central, extiende la posibilidad de aplicar el mismo régimen jurídico especial tanto a las comunidades autónomas, como a las entidades territoriales de la Administración local.

(SERVIMEDIA)
14 Oct 1994
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