EL GOBIERNO REGULA LA VENTA Y USO DE LOS APARATOS DE RAYOS ULTRAVIOLETAS

MADRID
SERVIMEDIA

El Consejo de Ministros aprobó hoy un Real Decreto por el que se regula la venta y utilización de los aparatos de bronceado mediante radiaciones ultravioletas. Dicha norma tiene por objeto garantizar la seguridad y la salud de los consumidores en el uso de estos aparatos con fines cosméticos.

El Real Decreto establece la prohibición de su utilización a los menores de 1 años y se desaconseja a las mujeres que estén embarazadas.

Además, obliga a los centros autorizados a informar sobre los posibles efectos perjudiciales y no podrá publicitarse su uso como beneficioso para la salud. Su utilización abusiva puede provocar cáncer de piel y dañar gravemente los ojos, y también se tiene que tener en cuenta que ciertos medicamentos y cosméticos aumentan la sensibilidad a las radiaciones ultravioletas, estando incluso contraindicados en algunos casos.

En consecuencia, s exige que los centros de bronceado dispongan de un documento de carácter informativo que será presentado a la firma de los usuarios para su conformidad antes de ser sometidos a la exposición de los aparatos de ultravioletas.

La nueva normativa recoge la necesidad de que el personal que maneje los aparatos para broncear tenga los conocimientos adecuados sobre los mismos, sus condiciones de uso y mantenimiento, así como una formación sobre los efectos biológicos de las radiaciones ultravioletas en funcón de los tipos de piel, que permitan realizar esta actividad con niveles de seguridad aceptables.

El cumplimiento de esta norma deberá ser efectivo en todas las comunidades autónomas en el plazo de seis meses desde su entrada en vigor. La vigilancia e inspección de los centros recae también en los órganos competentes de aquellas. En este sentido, se realizará al menos una revisión técnica anual de las instalaciones.

(SERVIMEDIA)
27 Sep 2002
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