EL GOBIERNO REGULA LA PROFUNDIDAD DE LA RANURA DE LOS NEUMATICOS

MADRID
SERVIMEDIA

El Gobierno aprobó hoy un real decreto por el que regula la profundidad de las ranuras de los neumáticos de algunos tipos de vehículos de motor y susremolques.

El real decreto implanta en España una de las primeras medidas programadas en el campo de la seguridad vial, en el año 1986, por el Parlamento Europeo y que se plasmó en la Directiva del Consejo de la CE 89/459, de 18 de julio.

Por este acuerdo se establece, modificando al efecto el artículo 212 del Código de la Circulación, todavía en vigor, que las ranuras anchas situadas en la zona central de la banda de rodamiento del neumático deberán presentar durante su utilización por las vías úblicas una profundidad de, al menos, 1,6 milímetros.

La medida afecta a todos los automóviles de turismo, así como a las furgonetas mixtas y camiones de menos de 3.500 kilogramos de peso máximo autorizado y también a los remolques con menos de 3.500 kilogramos de peso máximo autorizado, incluso a los remolques no matriculables de menos de 750 kilogramos de peso máximo autorizado.

De los vehículos citados, sólo quedan excluídos los matriculados como históricos, cuando utilicen los neumáticos con ue estaban equipados originalmente, a condición de que dichos neumáticos, cuando eran nuevos, tuviesen ranuras de una profundidad inferior a la que ahora se exige.

La Dirección General de Tráfico (DGT) viene insistiendo desde siempre en la peligrosidad que representa circular con los neumáticos en mal estado y son muchos los accidentes debidos a esta causa.

A partir de ahora, los usuarios afectados por esta norma deberán vigilar más precisamente la profundidad de las ranuras cubiertas, pues si noes la requerida el hecho será considerado como infracción y sancionado con las multas previstas en la Ley sobre el Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial.

(SERVIMEDIA)
29 Dic 1992
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