EL GOBIERNO REGULA EL EJERCICIO PROFESIONAL DE ODONTOLOGOS, PROTESICOS E HIGIENISTAS DENTALES
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El Consejo de Ministros aprobó hoy un decreto que regula las profesiones de odontólogo, protésico dental e higienista dental para delimitar los campos de actuación de cada uno de ellos y evitar el intrusismo profesional.
Esta medida se adopta de un mes después de que eltitular del Juzgado número dos de Valdepeñas (Ciudad Real) ordenara el ingreso en prisión de la odontóloga dominicada Marcia Veloz, por imprudencia temeraria con resultado de muerte en la persona de un niños de 12 años, al que se extrajo una muela infectada.
El decreto también establece los límites y responsablilidades de cada una de las profesiones y define los requisitos mínimos que deben cumplir las consultas dentales y los laboratorios que elaboran prótesis.
El paciente recibirá una atención ental de mayor calidad y contará con una mejor información sobre los servicios prestados y el importe de los mismos, al obligar al odontólogo a elaborar un presupuesto estimativo detallando los servicios y sus costes; así como la factura una vez finalizado el tratamiento.
Con la definición de los perfiles profesiones de los protésicos y, sobre todo, de los higienistas, se les diferenciará mejor de los auxiliares de clínica.
En la elaboración del decreto, el Ministerio de Sanidad y Consumo ha tenio en cuenta la opinión de las comunidades autónomas y de las asociaciones, federaciones y colegios profesionales del sector.
Las figuras de odontólogo, protésico e higienista también han sido incluidos en los Estatutos Jurídicos del Personal Médico y del Personal no Facultativo, lo que permitirá a las instituciones sanitarias de la Seguridad Social incorporarles a sus plantillas.
El texto también establece los mecanismos para el reconocimiento de los derechos adquiridos de protésicos e higienista, que ejercieron la profesión con anterioridad a la regulación de estas profesionares, y podrán obtener un certificado de habilitación profesional, que les permitirá ejercer sus actividades aún cuando no posean el título académico.
(SERVIMEDIA)
15 Jul 1994
EBJ