EL GOBIERNO REGULA LA CONCESION DE EMISORAS DE RADIO MUNICIPALES DE FM
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El Consejo de Ministro aprobó hoy un real decreto que regula el otorgamiento de concesiones y la asignacin de frecuencias de emisoras de FM a las corporaciones locales.
La posibilidad de explotación de los servicios de radio de FM en el ámbito municipal, directamente por la Administración Pública o indirectamente mediante concesión administrativa, ya quedaba recogida en la Ley de Ordenación de las Telecomunicaciones (LOT).
Por su parte, la Ley de Publicidad Electoral y la Ley de Organización y Control de las Emisoras Municipales de Radio delimitan su régimen jurídico y se garantiza el acceso a estosmedios de los diferentes grupos representativos del pluralismo político y social.
Con el nuevo real decreto quedan clarificados el procedimiento, requisitos y plazos para la puesta en marcha de emisoras municipales, que implica la reserva provisional de frecuencias, la aprobación del proyecto técnico, la inspección de las instalaciones y la autorización del funcionamiento, respetando el marco de la autonomía local y las propias del Estado, particularmente en lo relacionado con la gestión del espectro adioeléctrico.
A partir de la entrada en vigor del texto aprobado, los ayuntamientos de Cataluña, País Vasco, Navarra, Galicia, Andalucía, Canarias y Valencia podrán solicitar a sus respectivas comunidades autónomas la concesión de emisoras de FM, conforme al régimen concesional establecido por ellas.
Los restantes ayuntamientos se atendrán al régimen general establecido en el real decreto y cursarán sus peticiones a la Dirección General de Telecomunicaciones, del Ministerio de Obras Públicas y Tansportes (MOPT).
En todos los casos, la asignación de frecuencias y la inspección de las instalaciones corresponderán a este último organismo.
A partir del momento de presentación de las solicitudes, se iniciará un proceso que permitirá la puesta en marcha de la emisora en un plazo medio de unos ocho meses. La duración de las concesiones será de diez años, prorrogables por periodos iguales.
(SERVIMEDIA)
23 Oct 1992
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