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EL GOBIERNO PREPARA UN ANTEPROYECTO DE LEY DE INVESTIGACIÓN BIOMÉDICA QUE PROHIBE CREAR EMBRIONES PARA INVESTIGAR

MADRID
SERVIMEDIA

La ministra de Sanidad y Consumo, Elena Salgado, informó hoy en el Consejo de Ministros sobre el Anteproyecto de Ley de Investigación Biomédica. La nueva norma, que consta de 97 artículos, prohibe expresamente la creación de embriones destinados a la investigación.

Salgado, que explicó en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros que este anteproyecto de ley acababa de ser redactado, explicó que en las próximas semanas será sometido al trámite de audiencia por parte de Comunidades Autónomas y sociedades científicas.

"Esta norma pretende conciliar el interés de los investigadores en poder aplicar las nuevas técnicas de investigación, con la exigencia de los ciudadanos de que esta investigación se haga con las máximas garantías, por tratarse de temas muy sensibles", explicó Salgado.

"La salud, el interés y el bienestar del ser humano que participe en una investigación biomédica estará siempre por encima del interés de la ciencia o de la sociedad científica", señaló la ministra.

Entre las innovaciones que introduce el anteproyecto de ley figura la autorización y regulación de las técnicas de transferencia nuclear, con fines terapéuticos y de investigación, así como el almacenamiento, cesión y utilización de muestras biológicas, procesos que deberán ser gratuitos para la investigación.

En cuanto al uso de células troncales embrionarias humanas, la nueva norma introduce importantes modificaciones, ampliando los supuestos en los que se permite la investigación.

El anteproyecto de ley permite la utilización de cualquier técnica de obtención de células troncales humanas siempre y cuando ésta no suponga la creación para tal fin de un embrión; es decir, queda prohibida expresamente la creación de embriones destinados a la investigación.

También regula las investigaciones que implican algún procedimiento invasivo en el paciente. En estas investigaciones, el paciente deberá ser informado sobre los posibles riesgos que puede tener el procedimiento invasivo al que se someterá, deberá dar su consentimiento y contará con garantías adicionales de seguridad.

Legisla también sobre los análisis genéticos. Para estas pruebas se garantiza la confidencialidad de los datos y el derecho del paciente a ser o no informado, según su deseo, sobre el resultado de dichos análisis.

Los datos genéticos de carácter personal sólo podrán utilizarse para realizar cribados genéticos a la población con fines de salud pública, epidemiología, investigación y docencia, pero deberá respetar siempre el anonimato de los pacientes, sin ligar nunca su nombre al resultado de los análisis genéticos realizados.

También contempla la creación del Comité de Bioética de España, y de los biobancos (establecimientos públicos o privados, sin ánimo de lucro, que acogen muestras biológicas con fines diagnósticos o de investigación biomédica), que podrán crearse previa autorización del Ministerio de Sanidad y Consumo y bajo la coordinación del Instituto de Salud Carlos III, así como el establecimiento de las bases para la carrera profesional investigadora.

(SERVIMEDIA)
24 Mar 2006
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