EL GOBIERNO PIDE CONSENSO PARA DESARROLLAR LA LY DE ASOCIACIONES QUE HOY SE PRESENTO EN EL CONGRESO

- En la actualidad existen unas 240.000 asociaciones inscritas en el Registro Nacional

MADRID
SERVIMEDIA

El ministro de Presidencia, Juan José Lucas, presentó hoy en el Congreso el proyecto de ley reguladora del Derecho de Asociación, un texto legislativo para cuyo desarrollo pidió el máximo consenso posible.

"Para nosotros la Ley de Asociaciones es mucho más que la apertura de un mero cauce jurídico. Supone también la materialzación de la capacidad de los ciudadanos para emprender iniciativas y para tomar decisiones", señaló Lucas en su comparecencia ante el pleno del Congreso.

Este texto supone la regulación por primera vez desde la aprobación de la Constitución de uno de los derechos fundamentales de los ciudadanos, el derecho de asociación que, según aseguró Lucas, precisaba un desarrollo normativo adaptado a las circunstancias "de una sociedad moderna, dinámica y cada vez más participativa". Según dijo, en la actualida hay unas 240.000 asociaciones inscritas en el Registro Nacional del Ministerio del Interior.

En su opinión, este proyecto de ley está "imbuido de la creencia" de que las asociaciones son un elemento clave para garantizar la participación de los ciudadanos en los aspectos políticos, económicos, sociales y culturales de la sociedad de la que forman parte.

MINIMO DE TRES PERSONAS

El texto reconoce capacidad pata constituir asociaciones a personas físicas o jurídicas. Tan sólo es necesario el acuedo de tres personas físicas o jurídicas, como mínimo, para constituir asociaciones.

Además, se regula la inscripción en el registro correspondiente, sólo a los efectos de publicidad. De esta forma, una asociación adquiere plena personalidad jurídica con la mera formalización del acuerdo de constitución, tanto si se hace en documento público como privado. Se trata, explicó Lucas, de aplicar al texto el principio de "no injerencia de los poderes públicos".

El régimen de funcionamiento de las asociaiones será determinado por sus propios estatutos, y tan sólo se precisará la existencia de una asamblea general como órgano supremo de gobierno y de un órgano de representación encargado de la gestión ordinaria.

El proyecto de ley también recoge que las Administraciones Públicas deberán fomentar las asociaciones que desarrollen actividades de interés general. Estas asociaciones tendrán la posibilidad de disfrutrar de ayudas y subvenciones.

Según el ministro de Presidencia este proyecto de ley recge las cuatro libertades fundamentales en las que se plasma el derecho de asociación: la libertad de creación de asociaciones y de adscribirse a las ya creadas; la libertad de no asociarse y de dejar de pertenecer a las mismas; la libertad de organización y funcionamiento interno sin injerencias de los poderes públicos, y el establecimiento de garantías y facultades de los asociados, individualmente considerados, frente a la asociación propiamente dicha.

(SERVIMEDIA)
27 Sep 2001
SBA