EL GOBIERNO OBLIGA A MATRICULAR LAS MOTOS ACUATICAS PARA MEJORAR LA SEGURIDAD DE LA NAVEGACION
El texto se ha copiado correctamente en el portapapeles
Las motos acuáticas deberán ser registradas y matriculadas a partir dl próximo 13 de abril, fecha en la que entrará en vigor una orden ministerial cuya finalidad es mejorar las condiciones de seguridad en la navegación y la vida en el mar.
Todos estos vehículos tendrán asignada una señal identificativa que deberán llevar en un lugar visible, y que se asignará junto con diversa documentación en el momento del registro, que actuará como licencia de navegación.
Utilizar la moto naútica sin estos requisitos legales o con la documentación sin actualizar por un cambio d propiedad, por ejemplo, será considerado una infracción administrativa grave.
Según ha informado la Dirección General de Marina Mercante, el incremento considerable de este tipo de vehículos en las costas españolas ha llevado a la Administración a tomar medidas para mejorar la seguridad.
Por ello, las 28 capitanías marítimas de primera categoría abriran a mediados de abril un registro, para que se inscriban todas las motos acuáticas, a las que se les asignará una señal alfanumérica que deberán levar pintada o fijada al casco de forma estable.
En cuanto a los futuros compradores de este tipo de vehículos, deberán solicitar la inscricpción en la capitanía marítima que deseen, y se les asignará su señal correspondiente mediante un documento que tendrá los efectos de licencia de navegación y que deberá acompañar a la moto cuando esté utilizándose.
Además, Marina Mercante ha elaborado un decálogo de "correcto uso" de las motos acuáticas, "jet-ski", tablas con motor, vehículos de olas y similres.
Entre las recomendaciones, figura la de usarlas en una franja comprendida entre los 300 y los 1.852 metros (1 milla) de la costa, y la advertencia de que no está autorizado su uso en el interior de los puertos, canales de acceso y zonas de alta concentración de embarcaciones.
(SERVIMEDIA)
21 Ene 1999
G