Energía

El Gobierno asegura que no ha modificado, revisado ni flexibilizado el Real Decreto Ley de eficiencia energética

MADRID
SERVIMEDIA

El Gobierno aseguró este sábado que el Real Real Decreto Ley sobre eficiencia energética aprobado el pasado lunes 1 de agosto “no se ha modificado, revisado ni flexibilizado” desde entonces y que no se ha incorporado ninguna excepción porque “la flexibilidad está en el origen de la norma, desde su concepción más embrionaria".

Fuentes del Gobierno explicaron que el decreto se basa en la legislación laboral vigente y, por tanto, “ha incluido desde el inicio una norma general con las salvedades que indica la reglamentación que protege a los trabajadores”.

Señalaron que la vicepresidenta tercera y ministra de Transición Ecológica, Teresa Ribera, se reunió con los portavoces parlamentarios en dos ocasiones durante el mes de julio, antes y después del acuerdo en el Consejo de Ministros de Energía en Bruselas, también se ha reunido con los consejeros autonómicos, y que a día de hoy no ha recibido respuesta a su petición de medidas de ahorro energético.

El objetivo del Ministerio, reiteraron estas fuentes, es “lograr una sensibilización de la sociedad” para que conozca la necesidad de ser más eficientes en el consumo energético. “Un grado de diferencia en el termostato supone un ahorro del 7% de energía”, insistieron, y “el sentido común se acaba imponiendo”.

El Gobierno considera que la norma ex flexible y proporcional para atender a diferentes situaciones laborales. “Es obvio que no va a trabajar a la misma temperatura quien está sentado en la oficina de un banco a quien está cocinando en un restaurante”, precisaron estas fuentes.

En este sentido, subrayan que el texto es "absolutamente respetuoso" con la norma que establece las disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo.

En cuanto al aislamiento térmico de los locales cerrados debe adecuarse a las condiciones climáticas propias del lugar. Los establecimientos tendrán hasta el día 30 de septiembre de 2022 para adaptarse.

Desde el Gobierno precisaron que la norma recoge una limitación de temperaturas y establece que "por razones de ahorro energético se limitarán las condiciones de temperatura en el interior de los establecimientos habitables" que estén acondicionados, situados en los edificios y locales destinados a los siguientes usos: Administrativo; Comercial (tiendas, supermercados, grandes almacenes, centros comerciales y similares); y Pública concurrencia (culturales, establecimientos de espectáculos y actividades recreativas, restauración y transporte de personas).

En estos casos, la temperatura del aire en los recintos calefactados no será superior a 21ºC, cuando para ello se requiera consumo de energía convencional para la generación de calor por parte del sistema de calefacción, y en los refrigerados no será inferior a 26ºC, cuando para ello se requiera consumo de energía convencional para la generación de frío por parte del sistema de refrigeración.

No se aplicará en los lugares en los que, por las condiciones laborales, no sea posible, como colegios, institutos, universidades, guarderías, etc.; centros sanitarios y hospitalarios; peluquerías; gimnasios; trenes, aeropuertos, barcos etc.; lavanderías y en las habitaciones de los hoteles.

La norma precisa también, explican desde el Gobierno, que el horario de apagado de escaparates será desde las 22.00 horas y se aplicará exclusivamente al alumbrado de escaparates y de edificios públicos que a dicha hora estén desocupados, según lo establecido en el propio decreto. Además, no se aplica al alumbrado de monumentos que no sean edificios públicos.

(SERVIMEDIA)
06 Ago 2022
MCM/clc