EL GOBIERNO NAVARRO PROHIBE POR LEY EL USO DE LA "IKURRIÑA"EN CUALQUIER EDIFICIO PUBLICO DE LA COMUNIDAD FORAL
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La bandera de Navarra deberá ondear en todos los edificios públicos de la comunidad foral y sólo podrá estar acompañada de las banderas local, española y europea, según el proyecto de Ley Foral de Símbolos de Navarra aprobado hoy por el Gobierno autonómico, que prohibe por tanto la presencia de la "ikurriña" en ayuntamientos de la región.
El proyecto, que será remitido próximamente al Parlamento regional, regula e uso de la bandera, el escudo y el himno de la Comunidad de Navarra y, entre otros objetivos, trata de acabar con la costumbre de algunos ayuntamientos de hacer ondear en sus edificios la "ikurriña".
En el caso de la bandera de Navarra, el proyecto considera un derecho cívico personal de todos los ciudadanos de la comunidad foral la presencia de su enseña en los edificios públicos. Además de señalar la responsabilidad de los poderes públicos para su cumplimiento, establece que la acción para exigir ese derecho es pública, pudiendo ejercerla cualquier ciudadano.
Además de en todas las sedes administrativas y edificios de servicios de las instituciones forales y corporaciones de derecho público de Navarra, la bandera navarra deberá estar presente también en el interior de los despachos oficiales de estas instituciones y corporaciones, desde el rango de presidente hasta el de director general o asimilados, y en los salones de plenos.
Tras indicar que la bandera de Navarra podrá estar acompañada nicamente de las banderas de la entidad local, de España y de Europa, el proyecto de ley establece que sólo en casos extraordinarios de cortesía con motivo de visitas oficiales y hermanamientos podrán ondear banderas distintas a éstas.
El cumplimiento de estas disposiciones recae directamente en los alcaldes y presidentes de las entidades locales, y su inobservancia se considerará una violación de los deberes y obligaciones de su cargo.
Las entidades locales que incumplan esta legislación podrán er retirada, suspendida, revocada o denegada la financiación pública que les corresponda de acuerdo con los Presupuestos Generales de Navarra o serles exigida la reintegración de lo ya cobrado.
La obligación de exhibir la bandera de Navarra en el interior y exterior de sus sedes será también de aplicación a todos los entes, corporaciones públicas y organizaciones políticas, sindicales o gremiales que deban más de la mitad de sus ingresos ordinarios a aportaciones de los Presupuestos de Navarra o demásadministraciones públicas.
Otras previsiones del proyecto de ley son la celebración de un acto homenaje a la bandera autonómica con motivo del Día de Navarra y el reparto de banderas a la población con motivo de fiestas patronales y a estudiantes en los centros escolares.
(SERVIMEDIA)
16 Dic 2002
CAA