EL GOBIERNO MODIFICA EL REGLAMENTO DE LAS INSTITUCIONES DE INVERSIÓN COLECTIVA INMOBILIARIA
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El Consejo de Ministros aprobó hoy un Real Decreto por el que se modifica el reglamento de la Ley de Instituciones de Inversión Colectiva, relativo al régimen aplicable a la financiación ajena recibida por las instituciones de inversión colectiva inmobiliaria.
El Gobierno explica que con la aprobación del Plan Estatal 2005-2008 para favorecer el acceso de los ciudadanos a la vivienda se estableció que la cuantía máxima de los préstamos para viviendas de protección oficial en arrendamiento sea del 80% del precio máximo legal que corresponda.
Así, se produce una asimetría, ya que el límite establecido, que es de un 50% del activo al saldo vivo de la financiación ajena que estas instituciones pueden recibir, es inferior a los límites máximos de financiación en régimen de protección oficial para la vivienda.
Por esta razón, se modifica el artículo 59 de dicho reglamento para eliminar dicha asimetría, con el fin de que las Instituciones de Inversión Colectiva inmobiliarias, cuyo objeto exclusivo o principal sea la gestión de viviendas de protección oficial, puedan beneficiarse al igual que los particulares.
El objetivo de esta medida es ofrecer un "mayor" impulso para la inversión y gestión de viviendas de protección oficial en arrendamiento.
(SERVIMEDIA)
15 Feb 2008
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