EL GOBIERNO MODIFICA EL REGLAMENTO DE LOS IMPUESTOS DIRECTOS Y DE SOCIEDADES PARA HACER FRENTE AL FRAUDE FISCAL
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El Consejo de Ministros aprobó hoy tres reales decretos relacionados con el reglamento de los impuestos directos y de sociedades, y con el Régimen del Notariado, con el objetivo de "mejorar los mecanismos de lucha contra el fraude fiscal".
El primero de los reales decretos, que desarrolla parte de la Ley de Medidas de Prevención del Fraude Fiscal, modifica el Reglamento de la Organización y el Régimen del Notariado, al introducir una serie de normas dirigidas a mejorar la obtención de información para el seguimiento de las transmisiones y del uso de los bienes inmuebles.
Dentro de estas medidas, se establece la obligatoriedad de la consignación del Número de Identificación Fiscal (NIF) y de los medios de pago empleados en las escrituras notariales relativas a actos y contratos sobre bienes inmuebles.
Asimismo, establece la obligación de incluir estos datos dentro del contenido obligatorio de los índices notariales, ya que es una información con trascendencia tributaria que el Consejo General del Notariado debe poner a disposición de la Administración.
Por otra parte, el Real Decreto permitirá a la Administración tributaria revocar el NIF cuando se trate de sociedades creadas con el exclusivo propósito de intervenir en operaciones de fraude como, por ejemplo, en los casos en que se declara la realización de actividades económicas inexistentes, cuando se constituye una sociedad por varios fundadores sin que se lleve a cabo actividad económica alguna, o cuando se constata que un mismo capital ha servido para constituir una pluralidad de sociedades.
Además, se obligará a las compañías suministradoras de energía eléctrica a que comuniquen a la Administración tributaria los datos identificativos del contratante del servicio, como la referencia catastral del inmueble, su localización, la potencia contratada, el consumo anual, la ubicación del punto de suministro y la fecha de alta.
IMPUESTO DE SOCIEDADES
Por su parte, el Real Decreto por el que se modifica el Reglamento de la Ley del Impuesto sobre Sociedades adapta esta norma a la Ley de medidas para la prevención del Fraude Fiscal en materia de operaciones vinculadas.
Así, el Real Decreto regula los criterios para determinar el valor de mercado en las operaciones realizadas con personas o entidades entre las que haya vinculación.
En cuanto a los impuestos directos, el Consejo de Ministros ha aprobado el Reglamento de procedimientos amistosos que regula, por primera vez en la normativa española, los procedimientos para evitar la doble imposición.
El Gobierno explica que "los procedimientos amistosos son un mecanismo de solución de conflictos entre dos Administraciones tributarias cuando se plantean dudas sobre la aplicación de un convenio".
En este sentido, el real decreto regula cuáles son las obligaciones de la Administración y de los contribuyentes en estos procedimientos y se determinan las garantías de unos y otros.
(SERVIMEDIA)
31 Oct 2008
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