DÍA MUJER

EL GOBIERNO MODIFICA LA NORMATIVA SOBRE PENSIONES DE CLASES PASIVAS DERIVADAS DE ACTOS TERRORISTAS

- Elevan en un 100% los límites que determinan la existencia de una dependencia económica de los familiares a efectos de la percepción de la pensión

MADRID
SERVIMEDIA

El Consejo de Ministros aprobó hoy un Real Decreto que modifica uno sobre la revalorización y complementos de pensiones de clases pasivas y otras normas en materia de clases pasivas.

Según el Gobierno, las pensiones de clases pasivas derivadas de actos terroristas tienen una regulación especial en el ordenamiento jurídico español, al margen de la legislación ordinaria en la materia.

Respecto al requisito de la dependencia económica de los familiares se ha venido mantenido el criterio fijado en la normativa general, la cual establece que para que los familiares puedan ser beneficiarios de pensiones habrán de acreditar su dependencia económica del causante de la pensión.

"Este requisito resulta excesivo cuando el causante ha sido víctima de un acto terrorista en acto de servicio o como consecuencia del mismo", afirma el Gobierno.

Por este motivo, se incrementan en un 100% los límites que determinan la existencia de una dependencia económica de los familiares a efectos de la percepción de una pensión de clases pasivas derivada de actos terroristas.

Lo dispuesto en este decreto se aplicará a los hechos producidos con anterioridad a su entrada en vigor, aunque surte efecto a partir del 1 de enero de 2008.

Las solicitudes presentadas con anterioridad a su entrada en vigor y desestimadas por falta de concurrencia de dependencia económica del causante serán revisadas de oficio y, quienes no hubiesen presentado solicitud, dispondrán del plazo de un año para formularla.

(SERVIMEDIA)
07 Mar 2008
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