EL GOBIERNO MEJORA LOS CRITERIOS PARA LA VALORACION DE LA DISCAPACIDAD DE LOS ENFERMOS DE SIDA

MADRID
SERVIMEDIA

El Consejo de Ministros ha aprobado un real decreto por el que se modifica el procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de minusvalía en los enfermos de sida. Según el Gobierno, la nueva normativa conlleva una "valoración ás justa", al tener en cuenta todos los problemas asociados con el VIH.

Dadas las especiales características que concurren en las personas afectadas por infección de VIH, la valoración de la discapacidad será multidisciplinar y realizada en todos los casos por un equipo integrado por médicos, psicólogos y trabajadores sociales.

La valoración de la infección por SIDA tendrá en cuenta todas las afecciones discapacitantes que concurran en el enfermo, valorándose en su capítulo correspondiente y combnándolas con la valoración de infección por VIH. En cuanto al periodo de revisión, dada la evolución de cada caso, será fijado por el equipo valorador.

En cuanto a los criterios de valoración estos se establecen en cinco grados: Clase 1, grado de discapacidad nulo; Clase 2, con un porcentaje de discapacidad del 1 al 24 por ciento y grado de discapacidad leve; Grado 3, discapacidad moderada, entre el 25 y el 49 por ciento de discapacidad; Clase 4, grado de discapacidad grave, de 50 a 70 por ciento: y Case 5, grado de discapacidad muy grave, con un 75 por ciento de discapacidad.

(SERVIMEDIA)
12 Sep 2003
J