MADRID

EL GOBIERNO IGUALA LAS CONDICIONES DEL MERCADO ELECTRICO LIBRE CON EL REGULADO Y AUMENTA LA PROTECCION DE LOS USUARIOS

MADRID
SERVIMEDIA

El Consejo de Ministros aprobó hoy un Real Decreto sobre "Nuevas medidas de liberalización ordenada del sector eléctrico" que iguala las condiciones de los usuarios en el mercado liberalizado de electricidad con las del mercado a tarifa, aumentando así la protección de los consumidores y fomentando el paso del mercado regulado al liberalizado. Las medidas concretas de homogeneización se refieren a la instalación de equipos de control de potencia, a la unificación del tratamiento del consumo de energía reactiva y del pago de garantía de potencia de consumidores, tanto en el mercado libre como en el regulado.

Se igualan las obligaciones en el mercado libre y en el regulado del control de la potencia contratada de consumidores domésticos, que antes era opcional en el mercado regulado, mediante planes anuales de las empresas distribuidoras.

También se elimina la posibilidad de que, para las mismas características de consumo, un consumidor tenga la posibilidad de elección entre varias tarifas, de tal forma que con ello se asegure que cada tipo de consumidor cubra los costes que provoca al sistema.

Además, se obliga a las empresas distribuidoras a difundir mayor información con el fin de permitir a las empresas comercializadoras la realización de mejores ofertas a los clientes. También se obliga al distribuidor a facilitar el acceso telemático de esta información a los comercializadores, lo que tendrá dos efectos positivos: disminuirá el coste de las transacciones y eliminará errores en las solicitudes de acceso al mercado liberalizado o de cambio de comercializador.

Se pretende, además, que todas las empresas distribuidoras normalicen sus potencias contratadas en baja tensión de una forma homogénea de acuerdo con una tabla que fije la Dirección General de Política Energética y Minas, asegurando de esta manera que los consumidores no tengan que pagar más.

Por otro lado, en cumplimiento de la Directiva 54/2003/CE, de 26 de junio, se añaden una serie de requisitos acerca de la información que se debe suministrar al consumidor sobre el origen de la electricidad consumida y su impacto en el medio ambiente, a la vez que se regulan los requisitos mínimos a que deben ajustarse los contratos suscritos con clientes domésticos, de acuerdo con las disposiciones contenidas en el Anexo A de la mencionada directiva.

Este anexo recoge las características que debe tener el contrato de la luz, la obligación de las compañías de avisar con la debida antelación de cualquier cambio en las condiciones del contrato, la libertad de los usuarios para elegir el modo de pago, la total gratuidad del cambio de proveedor y que haya procedimientos "transparentes, sencillos y poco onerosos" para reclamar que permitan resoluciones rápidas y con reembolsos o compensaciones cuando estén justificadas.

(SERVIMEDIA)
02 Dic 2005
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