EL GOBIERNO FLEXIBILIZA LA DURACION DE LA ENSEÑANZA A SUPERDOTADOS
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El Consejo de Ministros aprobó hoy un decreto de desarrollo de la Ley de Calidad de la Educación (LOCE) relativo a la atención educativa a los alumnos superdotados.
Este decreto ha sido debatido en la Comisión General de Educación, órgano de representación de la Administración General del Estado y de las Administraciones Autonómicas, y tiene el informe favorable del Consejo Escolar del Estado y el Consejo de Estado.
La Ley de Calidad de Educación ha sido la primera norma de este rango en la que la atención al alumnado superdotado es tratada de manera específica e independiente.
Según informó el departamento de Pilar del Castillo en un comunicado, esta regulación emana del compromiso del Gobierno de garantizar una adecuada respuesta educativa a las necesidades y circunstancias que en estos alumnos concurren.
El decreto fija los criterios para la creación de programas de intensificacón del aprendizaje y prevé que se pueda flexibilizar la duración de los diversos niveles y etapas del sistema educativo independientemente de la edad de estos alumnos, tal como venían demandando sus familias.
Esto supondrá su incorporación a un curso superior al que le corresponda por su edad. El decreto contempla que esta medida pueda adaptarse hasta un máximo de tres veces en la enseñanza básica y una vez en las enseñanzas postobligatorias. No obstante, y para casos excepcionales, se contempla que ls Administraciones educativas puedan incrementar estas medidas de flexibilización. En cualquier caso, se deberá contar con la conformidad de los padres.
Del mismo modo, se promoverá la realización de cursos de formación específica relacionados con el tratamiento de estos alumnos para el profesorado que los atienda.
Igualmente, se adoptarán las medidas oportunas para que los padres de estos alumnos reciban el adecuado asesoramiento individualizado, así como la información necesaria que les ayude e la educación de sus hijos.
ESCUELAS DE IDIOMAS
Por otra parte, el Consejo de Ministros aprobó también hoy el decreto por el que se establece la estructura de las enseñanzas de Idiomas de Régimen Especial.
El texto establece que, con el fin de dotar a las enseñanzas que se imparten en las Escuelas Oficiales de Idiomas de más flexibilidad, y siguiendo las recomendaciones del Consejo de Europa, se establezcan tres niveles en estas enseñanzas: básico, intermedio y avanzado.
Según el calendari de aplicación de la Ley de Calidad, el nivel básico se implantará en el curso académico 2005/2006, el nivel intermedio en el 2006/2007 y, por último, el nivel avanzado en el 2007/2008.
Las Escuelas Oficiales de Idiomas podrán impartir la enseñanza del español como lengua extranjera. Además, podrán impartir cursos de actualización para personas adultas y para la formación del profesorado, para facilitar su participación en proyectos internacionales y actualizar su formación. Las Escuelas Oficiales intgrarán también en su oferta la enseñanza de idiomas a distancia.
Además, y como novedad ya adelantada en el texto de la propia Ley Orgánica de Calidad, el decreto servirá para facilitar a los alumnos de Educación Secundaria Obligatoria (ESO), Bachillerato y Formación Profesional la realización de pruebas para obtener el certificado oficial de lenguas extranjeras.
(SERVIMEDIA)
18 Jul 2003
JRN