EL GOBIERNO ESTUDIA LA EXCLUSION DE LAS ETTs DE ACTIVIDADES PRODUCTIVAS PELIGROSAS

MADRID
SERVIMEDIA

El Consejo de Ministros estudia hoy el decreto que regula la normativa de prevención de riesgos laborales para las empresas de trabajo temporal (TTs), que excluye a éstas de las actividades productivas de más riesgo.

Este decreto establece que las ETTs no podrán ceder trabajadores para que realicen determinadas actividades productivas en los sectores de la minería, la construcción y la fabricación de explosivos, por entender que encierran una especial peligrosidad.

Considera trabajos de estas características algunos que se desarrollan en obras de construcción, minería, industrias extractivas mineras que utilizan sondeos en superficie terrstre, plataformas marinas y los relacionados con la fabricación y manipulación de explosivos, incluidos los artículos pirotécnicos.

Asimismo, quedan excluidos del ámbito de actuación de las ETTs los trabajos que supongan la exposición a radiaciones, a agentes cancerígenos y a agentes biológicos, y los que impliquen riesgos eléctricos de alta tensión.

El borrador considera que los trabajadores cedidos por las ETTs deben disfrutar del mismo nivel de protección en materia de seguridad y salud en el rabajo que el resto de los empleados de la empresa donde presten sus servicios.

Antes de celebrarse el contrato, la empresa usuaria deberá informar a la ETT sobre las características del puesto de trabajo y sobre los riesgos profesionales que implica, así como sobre la formación que se requiere.

Esta obligación se extiende hasta el punto de que no se podrá realizar el contrato si no se ha realizado previamente la correspondiente evaluación de riesgos.

Por su parte, la ETT deberá acreditar doumentalmente que el trabajador puesto a disposición ha recibido la información relativa a los riesgos y las medidas preventivas, posee la formación necesaria y cuenta con un estado de salud compatible con la labor que va a desempeñar.

En caso de que el empleado no disponga de la formación requerida, la ETT deberá encargarse de impartirla, siempre antes de que comience el contrato. También se responsabilizará de vigilar periódicamente el estado de salud del trabajador.

Los delegados de prevenciónlos representantes de los trabajadores de la empresa usuaria serán informados de la incorporación del trabajador, así como del puesto de trabajo que va a cubrir, de los riesgos que implica y de la formación necesaria.

(SERVIMEDIA)
05 Feb 1999
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